El programa de la gobernadora de Campeche Layda Sansores, Martes del Jaguar, corre peligro y podría desaparecer, asegura una abogada.

El Martes del Jaguar ha sido utilizado por la gobernadora Layda Sansores para difundir audios que implicarían a Alejandro Moreno en la comisión de varios delitos; por esta difusión, el líder del PRI se amparó.

Sin embargo, la abogada Rocío García Olmedo, asegura que la divulgación de dicha información incurre, entre otras cosas, en violencia digital y hostigamiento contra Alejandro Moreno.

El Martes del Jaguar en peligro y Layda Sansores... también

De acuerdo con la abogada, las acciones de Layda Sansores en el programa “El Martes del Jaguar”, lo ponen en peligro de desaparecer.

Esto luego de considerar que la información que se divulga en el programa incurre en:

  • violencia Digital
  • actos de acoso
  • hostigamiento
  • amenaza
  • vulneración de datos e información privada
  • difusión de contenido sexual
  • atentado contra la integridad
  • La libertad
  • La vida privada
  • Los derechos

principalmente de las mujeres, luego de que Layda Sansores divulgara que Alito Moreno presuntamente tiene “nudes” de legisladoras del PRI.

Sin embargo, estas acusaciones deben ser investigadas y comprobadas para que se sancione tanto ala gobernadora como al programa mismo.

Cabe señalar que, para que exista una investigación sobre el caso, debe existir una denuncia.

Layda Sansores y su programa no tienen una denuncia por la información que se da a conocer ahí; sin embargo, los audios de la gobernadora de Campeche sí derivaron en una investigación contra Alejandro Moreno.

Layda Sansores podría recibir una multa, cárcel y la inhabilitación política por hasta 10 años

Rocío García, abogada que denunció presuntas irregularidades en el programa “Martes del Jaguar”, asegura que Layda Sansores podría ser inhabilitada por hasta 10 años.

Esto debido a que el artículo 175 del Código Penal de Campeche contempla la divulgación que hace la gobernadora incurre en delitos que se castigan con:

  • una multa de entre 500 y mil UMA, equivalentes a 48 mil 110 pesos a 96 mil 220 pesos
  • de 3 a 6 años de cárcel

Este mismo artículo, en su segundo párrafo, señala que si la persona que incurre en las acciones antes descritas, fuera un servidor público y utilice los medios de su cargo, será inhabilitado por un lapso de entre 5 a 10 años.

“Si la persona fuese servidora o servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la sanción prevista, se procederá a su destitución y la inhabilitación de cinco a diez años para su desempeño en el mismo orden”

segundo párrafo del artículo 175 del Código Penal de Campeche