La Cámara de Diputados aprobó en lo general la polémica “Ley Antimemes” gracias a los votos a favor que emitieron integrantes de las bancadas oficialistas.

El aval para el dictamen se dio luego de una discusión que se prolongó por casi 3 horas, durante las que legisladores de oposición advirtieron por los riesgos de censura y control que implicaría.

Pero, ¿qué contempla la llamada “Ley Antimemes” que se discute en lo particular en la Cámara de Diputados luego de que se aprobada en lo general? Te contamos.

La Ley de Economía digital fue aprobada en la Cámara de diputados con 327 votos a favor

Cámara de Diputados aprobó en lo general la “Ley Antimemes”

En la sesión del 7 de octubre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor sobre Internet conocida como “Ley Antimemes”.

La votación alcanzó la mayoría necesaria con 325 votos a favor de la bancada oficialista, mientras que la oposición solo alcanzó 114 sufragios en contra, en tanto que se emitió una abstención.

Tras la ratificación del proyecto en lo general, los legisladores iniciaron el desahogo de las reservas presentadas para la discusión en lo particular sobre los artículos modificados del articulado.

El debate en el pleno se enfoca en el esquema de remoción preventiva de contenidos y en las exigencias para exentar explícitamente del marco regulatorio a las imágenes satíricas.

¿Qué contempla la “Ley Antimemes”?

A lo largo de la discusión en la Cámara de Diputados por la “Ley Antimemes” y previo al debate parlamentario, el proyecto ha sido objeto de diversas críticas y cuestionamientos.

Lo anterior debido a que el dictamen establece una serie de acciones a ejecutar como el caso de las siguientes, mismas que se acusa, podrían prestarse a interpretaciones irregulares:

  • Esquema de “notificación y retirada” conforme al T-MEC, obligando a las plataformas digitales a borrar publicaciones señaladas sin necesidad de una orden judicial previa
  • Sanciones conforme al Código Penal Federal la suplantación o alteración no autorizada de imagen, voz, logotipos y documentos oficiales cuando concurran lucro e intención de engaño
  • Multas administrativas de hasta 10 mil UMA (más de un millones de pesos) tanto para usuarios infractores como para las plataformas que incumplan con el retiro oportuno del contenido
  • Acreditación del fin ilícito y comercial, pues se exige demostrar de forma concurrente el uso no autorizado, el ánimo de lucro y la intención de inducir al error para cometer un fraude o delito

Cabe destacar que entre las críticas contra la “Ley Antimemes”, se menciona la ausencia de un “catálogo” de excepciones para la sátira, ante lo cual se advierten posibles riesgos de censura.

Lo anterior debido a que no se incluye una cláusula explícita de exclusión para la caricatura política o el ejercicio periodístico y la valoración de un contenido queda a criterio de la autoridad.

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