La Cámara de Senadores aprobó este martes 3 de noviembre, en lo general, la Ley Federal del Derecho de Autor, bautizada por la oposición como “Ley Antimemes”.
Con 72 votos a favor y 37 en contra, la Cámara Alta dio luz verde al proyecto que será publicado en el DOF para su aplicación, luego de ser discutido y votado en solo 40 minutos en comisiones.
La reforma establece que las empresas proveedoras de internet podrán cancelar el servicio a quienes reincidan en infracciones a la propiedad intelectual.

Ley Antimemes: podrán cancelar los servicios de internet a infractores reincidentes de derechos de autor
A pesar de los señalamientos de la oposición por posibles riesgos de censura, el Senado de la República aprobó este martes la llamada “Ley Antimemes”, con el respaldo de Morena y sus aliados.
La reforma establece que los proveedores del servicio de internet estarán obligados a implementar medidas para suspender o cancelar el servicio a ciertos usuarios.
Esta medida cancelatoria aplicará cuando se detecte que un usuario reincida en violaciones a derechos de autor; algo que, acusan, podría incentivar la censura preventiva para evitar sanciones.
Además, esta contempla multas de hasta 4.7 millones de pesos para los proveedores que incumplan las disposiciones relacionadas con la difusión de contenido ilegal.

¿Cuándo entrará en vigor la Ley Antimemes?
El decreto fue remitido este martes al Ejecutivo Federal y entrará en vigor 180 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Además, contempla penas de 1 a 5 años de prisión y multas de hasta 10 mil UMA, equivalentes a aproximadamente 1 millón 173 mil 100 pesos en 2026, a quienes infrinjan la ley de derechos de autor.



