Las cuentas bancarias del ex secretario de Seguridad de Tabasco, Hernán Bermúdez Requena, continuarán bloqueadas por la UIF.
El Tribunal Colegiado en materia Penal de Tabasco, por unanimidad de votos, desechó el recurso de queja tramitado por Hernán Bermúdez, de 72 años de edad, informó la periodista Azucena Uresti.
El identificado por las autoridades como líder de la organización criminal La Barredora, rechazó la decisión de la juez Primero de Distrito en Tabasco, Sandra Adriana Carbajal Díaz, quien le negó la suspensión provisional del bloqueo de sus cuentas.
Argumentó que la medida ordenada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), no cumple con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya que no deriva de una orden judicial ni de una solicitud de un gobierno extranjero con el que México tenga tratos internacionales de prevención de lavado de dinero.
Ante esto, el Tribunal indicó que de liberar sus cuentas de forma provisional afectaría el interés público ya que existe una investigación en su contra por posible vínculos con el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), abierta hasta marzo de 2026.
“Se correría el riesgo de que el numerario asegurado sea susceptible de ocultación y con ello se desvanezcan las pruebas que se pretendan obtener con motivo de la investigación de delitos”
Tribunal Colegiado en materia Penal de Tabasco
Hernán Bermúdez, no quita el dedo del renglón, buscará recuperar el acceso a sus cuentas
De acuerdo con diversos medios como Proceso, Hernán Bermúdez no se quedará de brazos cruzados. El también llamado ‘El abuelo’ busca una mínima falla en la ley para dar revés.
Ante la decisión de la juez Primero de Distrito en Tabasco, Hernán Bermúdez asegura que se aplicó incorrectamente la nueva Ley de Amparo.
Explica haber solicitado un amparo para la suspensión provisional dos meses antes de que entrara en vigor la nueva reforma, por lo que debería aplicarse la ley anterior.
Cabe mencionar que la Ley de Amparo prohíbe conceder suspensiones en casos de bloqueo de cuentas bancarias o contra órdenes de aprehensión.
En respuesta, el Tribunal señala que durante un juicio las normas procesales se aplican conforme éste va avanzando y no conforme a cuando inició.
“Las partes de un juicio no adquieren el derecho a que se apliquen las normas procesales vigentes al momento del inicio de su tramitación. El procedimiento judicial se compone de diversas etapas y de una serie de actos sucesivos“
Tribunal Colegiado en materia Penal de Tabasco
Así como aseguran que el recurso de queja promovido por Hernán Bermúdez, se admitió después de que la Ley de Amparo entrara en vigor aún cuando se presentó antes.






