El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha negado la solicitud del ministro presidente Hugo Aguilar de 52 años de edad, para revisar fallos previos.

Luego de que la mayoría de los ministros de la SCJN declararon improcedente el recurso presentado por Hugo Aguilar.

Ante ello, los ministros argumentaron que la solicitud para revisar fallos previos infringe los principios constitucionales en la SCJN, tales como la seguridad jurídica y la cosa juzgada.

Por su parte, la ministra Lenia Batres de 56 años de edad, y a quien le fue turnada la solicitud de revisar fallos previos para su análisis, expresó que el recurso no puede modificar una sentencia definitiva.

“De consentirlo estaríamos abriendo la posibilidad de que fueran impugnables los procesos de votación de este órgano colegiado en todos los asuntos… el recurso de reclamación es un medio pensado en la ley para acordar trámites, pero no para impugnar votaciones de las personas juzgadoras”.

Lenia Batres
Sesión ordinaria del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Solicitud de Hugo Aguilar para revisar fallos previos buscaba reabrir la Ley de la Industria Eléctrica

La solicitud del presidente ministro Hugo Aguilar sobre la revisión de fallos previos tenía como objetivo reabrir la Ley de la Industria Eléctrica, misma que fuera impulsada en la anterior administración de Andrés Manuel López Obrador de 71 años de edad.

Pues en enero de 2024, la SCJN con un voto de calidad emitido por el ministro en retiro, Alberto Pérez Dayán de 64 años de edad, se dio un revés Ley de la Industria Eléctrica, tras otorgar un amparó seis empresas del sector eléctrico.

Esto tras considerar que la Ley de la Industria Eléctrica favorece solo a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) al no permitir la libre competencia y desarrollo de energías sustentables.