La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) descartó que exista un impedimento para que el ministro Javier Laynez resuelva el tema de los fideicomisos, como acusó Presidencia.

El pleno de la SCJN resolvió que Javier Laynez no cuenta con ningún impedimento para ser el instructor encargado de la acción de inconstitucionalidad sobre la extinción de los fideicomisos.

Así lo determinó la SCJN al rechazar un recurso que presentó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, que buscaba impedir que el ministro sea el responsable de la resolución.

De acuerdo con el pleno de la corte, no se puede alegar ningún impedimento debido a que ese tipo de acciones no son procedentes en casos como las acciones de inconstitucionalidad.

Por su parte, el ministro Javier Laynez manifestó que desde su perspectiva, su participación no está condicionada al no existir ningún riesgo a la objetividad de su actuación.

“Yo no me considero impedido; me parece que no procede el impedimento; además, yo no considero, en absoluto afectada la objetividad”

Javier Laynez. Ministro de la SCJN

SCJN da revés a Presidencia; desecha impedimento para que Javier Laynez resuelva sobre fideicomisos

En su sesión del 21 de noviembre, la SCJN dio un revés a Presidencia de la República, pues descartó que el ministro Javier Laynez no pueda resolver el tema de los fideicomisos.

Pese a que en su demanda de impedimento la Consejería Jurídica del Ejecutivo advirtió que los ministros no pueden actuar como juez y parte, la SCJN descartó tal precepto.

Sobre ello, el mismo ministro Javier Laynez Potisek argumentó que no es posible plantear impedimentos en acciones de inconstitucionalidad ni en controversias constitucionales.

Lo anterior debido a que expuso que dicha figura no está prevista por la Ley Reglamentaria, a diferencia de otras herramientas como es el caso de juicios y procedimientos.

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SCJN ya había admitido otros impedimentos

Durante la discusión, el pleno de la SCJN recordó que en contextos previos ya se habían admitido impedimentos, pero los ministros resaltaron que fueron casos excepcionales.

Al respecto, Javier Laynez dijo que en esas ocasiones se determinó aceptar los impedimentos debido a que alguna ministra o ministro, pidió que fueran atraídos por el pleno.

Las peticiones de los ministros, agregó, se presentaron debido a que antes de que los recursos en cuestión llegaran al pleno, hubo una participación activa en los casos.

En ese sentido, Javier Laynez apuntó que en el caso de la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial, ninguno de los ministros tuvo una participación en el proceso.

Luego del desahogo de posicionamientos, los ministros votaron de forma unánime a favor de desechar la petición, al ser notoriamente improcedente el impedimento.