La Secretaría de Educación Pública ordenó cerrar las llamadas academias militarizadas, pero los sellos de clausura no pueden cerrar también las investigaciones. Si detrás de esas puertas hubo golpes, torturas, asfixias, encierros, humillaciones, lesiones y muertes, no estamos ante simples métodos educativos equivocados ni frente a excesos disciplinarios: estamos ante posibles delitos graves que deben perseguirse hasta sus últimas consecuencias.
La medida adoptada por la SEP es correcta. A partir del ciclo escolar 2026-2027 no deberán operar instituciones educativas que se ostenten como “militarizadas”, “militares” o “castrenses”, y las autoridades estatales tendrán que suspenderlas e iniciar los procedimientos para su clausura definitiva. La determinación llegó después de la muerte de Dafne Zapata, de 13 años, ocurrida durante un curso de verano en Tamaulipas, y tras conocerse que al menos otros dos menores murieron en los últimos tres años en centros semejantes.
Cerrar las academias era indispensable, pero apenas constituye el primer paso. La clausura administrativa no sustituye a la justicia penal. Tampoco puede utilizarse como una respuesta espectacular destinada a contener la indignación pública para después olvidar los expedientes, diluir responsabilidades y permitir que los involucrados reaparezcan con otros nombres, otras razones sociales o nuevas modalidades de operación.
Las puertas cerradas no borran los golpes. Los sellos oficiales no reparan las lesiones. El cambio de denominación no extingue responsabilidades. Y ninguna circular administrativa devuelve la vida a quienes murieron bajo la custodia de personas que prometían formar su carácter.
La SEP afirma que la educación militarizada no está autorizada por la legislación mexicana y que ni esa dependencia ni la Secretaría de la Defensa Nacional respaldan esta clase de modelos para niñas, niños y adolescentes. La formación militar corresponde a instituciones oficiales de las Fuerzas Armadas, no a negocios particulares que adoptan uniformes, insignias, rangos y lenguaje castrense para aparentar una autoridad que no poseen.
Esa explicación, sin embargo, abre una pregunta inevitable: si estas academias nunca estuvieron autorizadas como modalidad educativa, ¿cómo pudieron operar durante años a plena vista, promoverse públicamente, cobrar colegiaturas, organizar internados y campamentos, recibir menores y, en algunos casos, impartir estudios con reconocimiento oficial?
No funcionaban ocultas en cuevas ni en domicilios secretos. Tenían edificios, publicidad, páginas en redes sociales, uniformes, bandas de guerra, ceremonias, personal, inscripciones y cuentas bancarias. Se anunciaban ante miles de personas y ofrecían disciplina, liderazgo, fortaleza, patriotismo y corrección de conducta como si se tratara de servicios pedagógicos legítimos.
Si el modelo era improcedente, alguien toleró su existencia. Si carecía de regulación suficiente, alguien permitió que operara en la ambigüedad. Si existían denuncias anteriores, alguien decidió ignorarlas. Y si fueron necesarias tres muertes para provocar una reacción nacional, el problema no fue únicamente la brutalidad de determinados instructores, sino la negligencia de un sistema institucional entero.
Dafne Zapata ingresó a un curso de verano en la Academia Militarizada Marina Doenitz, en Ciudad Madero, Tamaulipas. Murió pocos días después. La necropsia estableció como causa la asfixia por sumersión; su madre denunció que presentaba lesiones y que había sido sometida a tortura. El director del establecimiento y dos mujeres relacionadas con el campamento fueron detenidos, mientras la Fiscalía estatal investiga los hechos como feminicidio.
Corresponderá a los tribunales determinar las responsabilidades individuales. La indignación social no sustituye las pruebas y ninguna persona debe ser condenada sin debido proceso. Pero la presunción de inocencia tampoco obliga al Estado a olvidar a la víctima, minimizar los indicios ni abandonar la investigación cuando disminuya la atención de los medios.
El caso debe integrarse con rigor: peritajes sólidos, testimonios protegidos, revisión de videos, comunicaciones, registros médicos, listas de personal y reconstrucción precisa de lo ocurrido. Exigir justicia no significa pedir condenas improvisadas, sino reclamar una investigación profesional que impida que fallas procesales terminen beneficiando a quienes resulten responsables.
La muerte de Dafne no puede considerarse un hecho aislado. Antes habían fallecido Zamir Pinto, de 16 años, y Erick Terán, de 13, en academias de características semejantes. Los hechos ocurrieron en entidades distintas y bajo circunstancias particulares, pero comparten un patrón alarmante: menores entregados al cuidado de instituciones que ofrecían disciplina y formación, y que terminaron expuestos a castigos, violencia y condiciones de riesgo.
A partir de estos casos surgieron testimonios de antiguos alumnos que describieron golpizas, ahogadillas, aislamiento, ejercicios excesivos, humillaciones, amenazas y castigos físicos. Esas denuncias no pueden quedar solamente como relatos periodísticos o publicaciones en redes sociales. Cuando describen posibles delitos, las fiscalías tienen la obligación de localizar a las víctimas, recibir sus declaraciones, ofrecer protección y determinar si existió un patrón organizado de abuso.
No se trata únicamente de investigar la muerte de tres menores. Debe indagarse todo el sistema que permitió la violencia: quiénes eran los propietarios, quién contrataba a los instructores, qué capacitación poseían, qué protocolos existían, quién supervisaba, qué autoridades recibieron quejas y cuáles fueron las respuestas.
También debe seguirse el dinero, ¿Cuánto cobraban estos centros? ¿Quiénes obtenían beneficios? ¿Operaban mediante empresas, asociaciones civiles o personas físicas? ¿Emitían comprobantes fiscales? ¿Contaban con seguros? ¿Existían vínculos con funcionarios, corporaciones de seguridad o personajes que les brindaran protección?
Los dueños y directivos no pueden deslindarse automáticamente argumentando que desconocían los métodos de sus subordinados. Quien recibe menores y cobra por su cuidado asume deberes de selección de personal, vigilancia, prevención y reacción. No basta con afirmar que un instructor “se excedió” si la violencia era parte tolerada, conocida o incluso ofrecida como método de formación.
También deben investigarse posibles encubrimientos. En este tipo de instituciones, después de una agresión suele aparecer la versión del accidente, el desvanecimiento, la enfermedad previa o la conducta imprudente de la propia víctima. Debe establecerse si alguien alteró registros, eliminó grabaciones, presionó testigos, ocultó lesiones o proporcionó información falsa a las familias y a las autoridades.
La desaparición administrativa de una academia tampoco puede extinguir la investigación. Cambiar de nombre, trasladarse a otro inmueble, modificar el uniforme o presentarse como centro de liderazgo, formación cívica o desarrollo personal no elimina los antecedentes ni las responsabilidades.
Ése es uno de los principales riesgos de una prohibición concentrada sólo en las palabras. Una institución puede retirar de su fachada los términos “militar”, “militarizada” o “castrense” y conservar intactos los mismos métodos. La autoridad debe vigilar las prácticas, no solamente los nombres.
La revisión debe extenderse a internados, campamentos, cursos de verano, centros de corrección conductual y establecimientos que reciban menores bajo la promesa de fortalecerlos mediante obediencia absoluta, aislamiento, castigo físico o presión psicológica extrema.
La violencia no se vuelve educativa porque se practique con uniforme. La tortura no deja de ser delito porque quien la ejerce se llame instructor. La privación de la libertad no se transforma en formación porque ocurra en un internado. La humillación no se convierte en disciplina porque los padres hayan firmado una autorización.
Ningún contrato permite golpear, asfixiar, amenazar, privar de alimentos o someter a una niña o un niño a prácticas degradantes. La patria potestad no incluye el derecho a consentir tortura ni faculta a los padres para delegar a terceros una violencia que ellos mismos tendrían prohibido ejercer.
Esto no significa culpar indiscriminadamente a las familias. Muchos padres acudieron a esas academias preocupados por problemas de conducta, bajo rendimiento, desobediencia, adicciones, malas compañías o conflictos familiares. La publicidad les prometía orden, carácter, responsabilidad y fortaleza.
Los padres confiaron también porque veían establecimientos abiertos, instalaciones visibles, personal uniformado y actividades públicas. Era razonable suponer que alguna autoridad había revisado la legalidad, seguridad y capacidad de quienes ofrecían esos servicios.
No puede exigirse a cada familia que realice por sí misma una investigación jurídica, pedagógica, psicológica, médica y policial antes de inscribir a un menor. Para eso existen la SEP, las secretarías estatales, los municipios, las procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes, las fiscalías, las autoridades sanitarias y protección civil.
El Estado tiene la obligación de impedir que instituciones peligrosas se presenten como opciones educativas legítimas. Debe verificar instalaciones, programas, personal, protocolos, antecedentes y mecanismos de atención de emergencias. No puede limitarse a actuar después de que una tragedia revela aquello que la supervisión debió detectar antes.
También debe revisarse la preparación de quienes se ostentaban como instructores. Haber formado parte de las Fuerzas Armadas, de una corporación policial o de un cuerpo de seguridad no convierte automáticamente a nadie en educador. Trabajar con menores requiere formación pedagógica, psicológica, médica y especializada en derechos de la infancia.
La disciplina militar profesional tampoco puede utilizarse para justificar estas prácticas. Las Fuerzas Armadas cuentan con mandos, reglamentos, procedimientos, instituciones de enseñanza y sistemas formales de responsabilidad. Estas academias privadas no representan al Ejército, a la Marina ni a la Guardia Nacional, y apropiarse de su imagen para maltratar menores también daña el prestigio de las instituciones castrenses.
La disciplina auténtica no es violencia. Educar exige reglas, límites, consecuencias, puntualidad, esfuerzo, responsabilidad y respeto. Una sociedad que renuncia a toda exigencia tampoco forma ciudadanos libres y responsables.
Pero la frontera es clara. La disciplina corrige sin destruir, exige sin humillar y fortalece sin causar daño. La violencia busca someter mediante el miedo, quebrar la voluntad y obtener obediencia inmediata. Quien necesita golpear a un menor para hacerse respetar no está formando carácter: está exhibiendo su incapacidad para educar.
Durante demasiado tiempo se ha repetido que el sufrimiento fortalece, que las humillaciones enseñan humildad y que quien no soporta un castigo carece de carácter. Esa idea ha servido para normalizar novatadas, golpizas, abusos y silencios en escuelas, internados, equipos deportivos, cuarteles y centros de formación.
Las novatadas no son ritos inevitables. Las ahogadillas no enseñan disciplina. Los golpes no producen liderazgo. El terror no forma ciudadanos. La violencia deja miedo, resentimiento, traumas, lesiones y, en los casos extremos, muerte.
La decisión de la SEP debe traducirse en un registro público y completo de estas instituciones. La autoridad tiene que informar cuántas operaban, dónde estaban, qué permisos poseían, cuántos menores atendían, qué inspecciones recibieron y cuántas denuncias existían.
También debe explicar qué ocurrirá con los estudiantes inscritos. Cerrar centros sin ofrecer opciones de reubicación puede perjudicar nuevamente a quienes se pretende proteger. Se necesitan reconocimiento de estudios, alternativas educativas y atención psicológica para quienes hayan sufrido violencia.
Pero proteger a los alumnos no significa proteger a los responsables. La SEP puede clausurar planteles y revocar autorizaciones; no puede extinguir acciones penales ni negociar impunidad. Las autoridades educativas deben entregar toda la información a las fiscalías y colaborar para reconstruir la cadena de decisiones y omisiones.
La responsabilidad tampoco termina en propietarios e instructores. Debe investigarse a los servidores públicos que otorgaron permisos, realizaron inspecciones, conocieron denuncias o permitieron el funcionamiento irregular. La omisión administrativa no siempre constituye delito, pero debe producir consecuencias cuando alguien incumplió deliberadamente sus obligaciones o dejó a menores expuestos a riesgos evidentes.
La presidenta Claudia Sheinbaum y el secretario de Educación, Mario Delgado, respaldaron la desaparición de estas modalidades. La decisión política es correcta, pero sólo tendrá valor si se transforma en acciones comprobables, plazos públicos, coordinación con los estados y resultados verificables.
No debe quedar como una declaración emitida durante una crisis mediática. La autoridad federal tiene que informar qué centros fueron cerrados, cuáles enfrentan investigaciones, cuántos menores fueron reubicados y qué servidores públicos serán sometidos a procedimientos por posibles omisiones.
La sociedad tampoco puede olvidar cuando la noticia deje de ocupar titulares. Las muertes de Dafne, Zamir y Erick no deben convertirse en cifras mencionadas durante algunos días para después desaparecer bajo la siguiente tragedia.
Sus casos deben generar justicia, reparación para las familias y una transformación institucional. De lo contrario, el cierre nacional será apenas una respuesta tardía que modificará fachadas, pero dejará intacta la cultura de violencia y tolerancia que hizo posibles los abusos.
La clausura previene nuevos riesgos. La justicia reconoce a las víctimas, identifica responsables y establece que aquello no fue un accidente menor ni una práctica aceptable. Ambas son necesarias, pero no son equivalentes.
Cerrar un edificio puede hacerse en horas. Investigar una estructura de violencia exige voluntad, pruebas, coordinación y perseverancia. Precisamente por eso resulta tan fácil anunciar clausuras y tan difícil terminar con la impunidad.
No permitamos que la desaparición administrativa de estas academias sea presentada como solución completa. Si hubo golpes, tortura, lesiones, asfixias, encubrimientos o muertes, deben existir investigaciones serias y responsables ante los tribunales.
Si hubo funcionarios omisos, también deben rendir cuentas. Si hubo víctimas sobrevivientes, deben ser localizadas, protegidas y reparadas. Si existieron redes de tolerancia o protección, deben desmantelarse.
La disciplina educa. La violencia destruye. Las academias pueden cerrar sus puertas, pero los expedientes deben permanecer abiertos hasta que se conozca la verdad.
¡No a la impunidad en las academias del terror!
Porque clausurar los planteles era indispensable, pero permitir que los culpables escapen sería volver a abandonar a las víctimas.
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