La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la Ley de Salud Mental de Chihuahua.
En sus primeras sesiones, la Nueva Corte determinó invalidar preceptos de la Ley de Salud Mental del estado de Chihuahua porque consideró que esta impactaban la vida de las personas con discapacidad psicosocial.
Por ello, el máximo tribunal pidió al Congreso local tomar en cuenta a las personas con este tipo de discapacidad.
SCJN declara inconstitucional la Ley de Salud Mental de Chihuahua por esta razón
La Ley de Salud Mental de Chihuahua aprobada en el año 2023 que fue aprobaba por el Congreso local tenía como objetivo la prevención de suicidio.
Pero en el artículo octavo no se habría tomado en cuenta la opinión de las personas con discapacidad psicosocial sobre el internamiento a centros de salud mental.
Pese a que en la Ley General de Salud no existe ningún artículo que determine que se pueda internar involuntariamente a alguna persona.
Por lo que en una acción de inconstitucionalidad 186/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra esta Ley de Salud Mental de Chihuahua, se determinó como inconstitucional por la Nueva Corte.
Lo anterior afectó al decreto Número LXVII/RFLEY/0571/2023 II P.O.
En el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de:
- Ley de Salud Mental
- Ley Estatal de Salud
- Ley que Regula la Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Dichas leyes son conforme a la legislación del Estado de Chihuahua y que fueron publicadas en el Periódico Oficial de la entidad federativa el 29 de julio de 2023.
SCJN declara inconstitucional la Ley de Salud Mental de Chihuahua; piden a Congreso local nueva consulta
Luego de sesionar sobre este tema el Pleno de la SCJN declaró inconstitucional la Ley de Salud Mental de Chihuahua porque los legisladores no habrían tomado en cuenta la opinión de las personas con discapacidad psicosocial.
Con ello es que se reafirmó la obligación del Congreso local para realizar dicha consulta en un plazo de doce meses y de esta forma garantizar la participación de poblaciones históricamente vulneradas como las personas con discapacidad psicosocial.