La presidenta de la mesa directiva del Senado, Olga Sánchez Cordero le respondió a Lilly Téllez, vía Twitter, así se defendió la senadora, después de que la llamaran “servil” y “sin vergüenza”.

Olga Sánchez Cordero, escribió en un tuit que hay políticas y políticos tan carentes de argumentos jurídicos y tan ansiosos de reflectores, que lo único que les queda es la grosería y la descalificación sin sustento.

Agregó que tienen su respeto para quienes, aunque no concuerdan, con ella, difieren con argumentos y sin buscar “likes fáciles”. Concluyó con las palabras “al tiempo”.

Para rematar sus dichos, envió este jueves saludó a todos esos políticos que difieren con ella.

Tuit de Olga Sánchez Cordero

Realizó este tuit tras recibir los ataques en redes sociales de la senadora del Partido de Acción Nacional (PAN) de Sonora, Lilly Téllez, quien la llamó “servil” y “sin vergüenza”.

Tuit de Lilly Téllez

Así como en la tribuna del Senado, Lilly Téllez, calificó de “una lástima”, que tenga tanta sapiencia, sabiduría jurídica, estudios, experiencia si no habrá autonomía de carácter, ni seguridad personal a Olga Sánchez Cordero.

Todos estos ataques se dieron porque la presidenta de la mesa directiva del Senado, Olga Sánchez Cordero, consideró improcedente que el Senado interpusiera una controversia constitucional contra el acuerdo del ejecutivo.

La controversia constitucional es porque el ejecutivo declarará de interés público y seguridad nacional a las obras y proyectos de la 4T. Esto provocó malas reacciones por parte de los senadores, principalmente de la oposición que la habían solicitado.

Olga Sánchez Cordero ya había explicado porque no es de interés del Senado la controversia constitucional

Anteriormente, antes de estas reacciones, Olga Sánchez Cordero ya había explicado porque no es de interés del Senado la controversia constitucional, porque es una perspectiva técnica.

Si bien el Senado está facultado para promover una controversia constitucional, esta carece de interés legítimo, puesto que no se actualiza el principio de agravio que le exige la procedencia del medio de control.

Sánchez Cordero explicó que son otros organismos constitucionales, entidades, poderes u órganos, bajo la perspectiva de interés legítimo y la existencia de un principio de afectación que podrían encontrar motivos para interponer una controversia constitucional.

Esta explicación la dio por sus redes sociales, mediante un hilo.

Tuit de Olga Sánchez Cordero