El pasado 7 de septiembre una jueza de la Ciudad de México (CDMX) otorgó a una organización civil, una suspensión definitiva ante el cierre del programa “Escuela de Tiempo Completo” de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

En este mismo sentido la Jueza Tercero de Distrito en materia Administrativa en la (CDMX) de amparo, Yadira Elizabeth Medina Alcántara, ordenó a la SEP restablecer el programa “Escuela de Tiempo Completo”.

Para seguir dando los mismos beneficios al personal docente que operaba en las Escuelas de Tiempo Completo.

Ante esto la jueza señaló que la SEP puede establecer nuevas reglas de operación del programa Escuelas de Tiempo Completo que fue eliminado, así como las subsecuentes normas de fiscalización.

Cabe recordar que desde abril de este 2022, la SEP informó que los conceptos de horario ampliado y alimentación, beneficios del programa Escuela de Tiempo Completo serían de la Escuela es Nuestra, el cual entrega de manera directa los recursos a los beneficiarios.

Sobre la Escuela es Nuestra, la ex titular de la SEP, Delfina Gómez Álvarez explicó que se hizo este programa porque se estaba dando prioridad para atender a las escuelas con necesidades básicas.

Escuela de Tiempo Completo tiene 33 juicios de amparo pendientes: SEP

Por su parte la SEP informó que hasta ahora existen 50 juicios de amparo para que se restaure la Escuela de Tiempo Completo.

No obstante en 17 de ellos se ha dictado el sobreseimiento, es decir una suspensión por parte de un juez o de un tribunal de un procedimiento judicial, por falta de pruebas o por otra causa.

Mientras que en uno hay sobreseimiento firme, es decir término total o parcial al proceso por causas legales que impiden su continuidad y posterior apertura respecto a los mismos hechos.

Aunque aún restan otros 33 juicios de amparo para las Escuelas de Tiempo Completo, ya que todavía no hay una resolución.

Ante esto la SEP espera que estos juicios sean anulados ya que hasta ahora las partes quejosas no han demostrado tener afectación alguna.

La SEP detalló que la suspensión provisional y/o definitiva no constituye una sentencia inatacable o que pueda ser apelada por la concesión de amparo.

Por lo anterior, la SEP tiene derecho a ampararse ante estos 33 juicios mediante los recursos legales disponibles que tenga, así como la  Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que también está dentro de estos juicios.

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