México. - Tras la aprobación de reformas al outsourcing, las empresas tenían hasta el 1 de agosto para regular la situación de sus trabajadores que están subcontratados e integrarlos a su nómina.

Sin embargo, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado aprobó realizar un periodo extraordinario para discutir la ampliación de la entrada en vigor de las reformas al outsourcing.

¿Cuándo entrarán en vigor las reformas al outsourcing?

Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, propuso que las reformas al outsourcing entren en vigor hasta el 1 de septiembre.

Por su parte, Kenia López Rabaldán, senadora del PAN, busca que la entrada en vigor de la regulación al outsourcing se aplace hasta el 1 de enero de 2022.

En tanto, el 23 de julio, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que amplió el plazo a 90 días naturales para la entrega en vigor de las reformas de regulación del outsourcing.

El IMSS aseguró que aprobó ampliar el plazo en lo que el Congreso de la Unión resuelva la ampliación de la entrada en vigor de las reformas al Outsourcing.

El objetivo de ampliar los plazos de la entrada en vigor de las reformas al outsourcing es que las empresas logren acatar las nuevas reglas en materia laboral.

¿Cuáles son las reformas al outsourcing?

El pasado 20 de abril, el Senador de la República aprobó el dictamen para regular el outsourcing, también conocido como subcontratación, con reformas en materia laboral.

El outsourcing es una modalidad de trabajo en que una empresa contrata a empleados para que laboren en otros recintos, así evaden garantizar derechos laborales como el registro ante el IMSS.

La modalidad de outsourcing o subcontratación laboral está relacionada con abusos a derechos a los trabajadores y con la evasión de impuestos por parte de los empresarios.

Con las reformas, el outsourcing quedó prohibido y las empresas que tienen contratadas a sus trabajadores bajo dicha modalidad deberán regular su situación de sus trabajadores.

Así las empresas deberán integrar a los trabajadores a su nómina y garantizar sus derechos laborales como el seguro social.

Outsourcing, sólo para servicios especializados

Las reformas establecen que el outsourcing sólo se permite para servicios especializados que no formen parte del objeto social ni actividad económica preponderante del beneficiario.

Con las reformas se impusieron las siguientes reglas:

  • El outsourcing deberá formalizarse bajo un contrato que señale el objeto del servicio y el número aproximado de trabajadores.
  • Las personas que proporciones servicios de subcontratación, outsourcing deberán estar registradas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.