México. - La Sala Superior del TEPJF revocó una declaratoria de violencia política por razón de género en contra de Clara Luz Flores, de la cual se había señalado a Samuel García.

Así lo determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), durante la sesión pública no presencial de la Sala Superior, que se desarrolló este miércoles 30 de junio.

De esa manera, el TEPJF determinó que Samuel García no ejercicio violencia política contra las mujeres por razón de género, en contra de Clara Luz Flores.

En la sesión, los magistrados votaron de forma unánime a favor de revocar una sentencia previa que emitió la Sala Regional Especializada.

En ella, el organismo había declarado que en el proceso electoral de Nuevo León, el entonces candidato Samuel García ejerció violencia política de género contra su rival Clara Luz Flores.

Spots de Samuel García no incurrieron en violencia política de género

Los magistrados determinaron que Samuel García, no incurrió en el uso indebido de la pauta con los promocionales “No soy como ellos” y “La vieja política NL”.

Al respecto, señalaron que en los spots Samuel García no realizó expresiones basadas en estereotipos de género.

De la misma forma, indicaron que el contenido de los promociones tenían un sentido crítico en contra de Clara Luz Flores, sin que se le demeritara por el hecho de ser mujer.

Debido a ello, se determinó revocar la resolución que emitió previamente la Sala Especializada y por lo cual, quedaron sin efectos las infracciones.

Por dicha razón, se retiraron las sanciones económicas de 44 mil 810 pesos y 89 mil 620 pesos, que se impusieron en contra de Samuel García y el partido Movimiento Ciudadano respectivamente.

AMLO no calumnió a Adrián de la Garza, determinó el TEPJF

Durante la misma sesión de este 30 de junio, el TEPJF también descartó una denuncia del PRD en contra de AMLO, en la cual lo acusaba de calumniar a Adrián de la Garza.

De acuerdo con lo informado por el TEPJF, la denuncia en contra de AMLO, fue desechada debido a que los únicos que pueden reclamar una calumnia, son los afectados.

Los magistrados explicaron que debió ser el propio Adrián de la Garza y no el PRD, quien presentara una denuncia, pues el partido no cuenta con la legitimidad para hacerlo.

PRD acusó que AMLO calumnió a Adrián de la Garza

El PRD acusaba que AMLO intentó entrometerse en las elecciones de Nuevo León, pues se pronunció en una conferencia mañanera en contra del candidato Adrián de la Garza.

En su denuncia, el sol azteca señalaba que AMLO incurrió en un delito electoral al calumniar al abanderado del PRI-PRD.

Sobre ello, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE (UTCE) ya había determinado que la denuncia era improcedente, sin embargo dicho fallo fue impugnado.

La impugnación del PRD fue resuelta este 30 de junio por el TEPFJ y en el fallo, se reiteró la sentencia del UTCE, por lo que se descartaron las acusaciones.