La iniciativa del gobierno para introducir reformas a la Ley de Amparo, conforma una posición que visibiliza un claro propósito regresivo en los derechos humanos; termina por degradar una disposición normativa reconocida en el mundo por su carácter visionario para proteger y garantizar los derechos fundamentales, frente a las omisiones o actos de autoridad que los vulneran.

La relación autoridad-ciudadano inmersa en una expresión de poder político merced a las facultades otorgadas al Estado como expresión de la voluntad popular, históricamente ha sido trastocada para fracturar parámetros y devenir en abuso de la autoridad, violación de derechos y vulneración de las libertades. Los regímenes autoritarios y, evidentemente, los de corte fascista, han dado cuenta de ello.

De hecho, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, a propuesta de la delegación mexicana, consideró la experiencia del amparo por sus méritos para combatir los abusos de la autoridad encaminados a controlar e imponer un sistema político nugatorio de los derechos fundamentales a partir de la ecuación de anteponer los intereses que emanan de la dominación política a cualquier otro interés.

En todo caso, es indiscutible que el amparo mexicano, desde su conformación en la primera mitad del siglo XIX, fue una figura original, visionaria y de avanzada que ha prestigiado a nuestro constitucionalismo a escala mundial. Las disposiciones jurídicas que lo regulan se encuentran inscritas en una línea de progresividad que lo condujo a evolucionar de un mecanismo de carácter individual para extenderse al ámbito social, como quedó acreditado en la reforma de 2011 y subsecuentemente en la de 2013.

Son de mencionarse casos paradigmáticos que fueron resueltos mediante el mecanismo del amparo y que alcanzaron efectos generales, como ocurrió con el consumo recreativo y medicinal de la marihuana, el matrimonio igualitario, los derechos indígenas y de género, el debido proceso –como ocurrió en el caso de Florence Cassez–, dentro de muchos otros. Resulta claro que el mecanismo del amparo ha sido fundamental para brindar garantía a los derechos fundamentales y para mantener su actualidad conforme a la evolución de la sociedad.

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En ese sentido, se presenta un punto de inflexión dentro de un cauce contradictorio cuando la reforma en materia de amparo que se ha presentado pretende caminar por una ruta regresiva, especialmente cuando limita a quienes pueden acreditar interés legítimo, como también en ocasión de postular el acotamiento a la suspensión del acto u omisión reclamado, lo que, en los hechos, hace prácticamente nugatorio el amparo conforme a su vocación y naturaleza. En efecto, obtener un amparo sin que pueda suspenderse el acto u omisión reclamado significa derogarlo.

Cierto es que la autoridad pretende desplegar sus atribuciones sin que pueda ser reconvenida ni sujeta a corrección o límites. La propuesta lleva implícita un cambio de ecuación en donde se pretende que la fuerza del gobierno pueda desplegarse sin frenos o contrapesos, en el fondo la tendencia que se pone en marcha es compatible con los sistemas despóticos autoritarios que toman del totalitarismo la mística de una ideología incontrastable destinada a ordenar la vida pública e invadir la vida privada.

En una ecuación de tal tipo la figura del amparo acaba siendo grotesca, innecesaria, contradictoria y exótica, de modo que debe ser derogada o mantenerse en la forma, pero no en el fondo. Todo indica que así sucede con la propuesta que hace el gobierno encaminada a volver regresivo un mecanismo que había evolucionado luciendo su progresividad, pero que ahora, por eso mismo resulta incómodo.

Se trata de que el gobierno no tenga freno ni delimitación normativa, en tanto se ha asignado para sí la representación del pueblo, sin margen a expresiones que puedan disentir o manifestar diferencias. Así, el amparo está llamado a entrar en paro, está convocado a minimizar su presencia y su peso; la vocación garantista del amparo entra en contradicción con la dimensión incontrastable del gobierno y con su eticidad dogmática, con su racionalidad indiscutible y con su carácter incorruptible, aunque manifieste una incontrolable corrupción.

En suma, el gobierno no puede ser contrastado ni reconvenido, su voluntad es irrefrenable. Así, el amparo entra en paro; existe pero estará mutilado, carente de instrumentos efectivos para hacerse valer, en condición latente y meramente emblemático.