El mensaje llega por WhatsApp a las 8:17 de la mañana: “PAGA HOY O VAMOS A PROCEDER CONTRA TI Y TU FAMILIA”. Minutos después llega un SMS desde un número distinto.

Más tarde entra una llamada desde otro teléfono que el deudor jamás había visto, alguien que no se identifica correctamente, que llama al conmutador de su trabajo y amenaza con embargos inmediatos y da toda la información del deudor a quien conteste. Cuando el afectado intenta devolver la llamada, el número ya no existe o no responden.

En la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor conocemos demasiado bien este escenario, porque la cobranza agresiva ha encontrado durante años un aliado formidable en el anonimato telefónico.

El cobrador se esconde en el anonimato

Los cobradores llaman a referencias, contactos, compañeros de trabajo y al deudor, con amenazas, insultos y mentiras. El afectado trata de presentar una queja o una denuncia ante la autoridad y ¡oh, sorpresa! La línea celular es anónima. La autoridad no puede proceder y al día siguiente el acoso, sigue. Llamadas y mensajes, todos hechos desde un número sin rostro.

Y claro, los afectados se quejan: “Las autoridades no sirven”, “no me ayudaron”, “el acoso sigue”.

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¿De verdad son “nuestros datos”?

Por eso resulta cuando menos curioso que, ahora que México pretende obligar a que las líneas celulares tengan una identidad verificable detrás, surja una resistencia casi automática bajo el argumento de que “el gobierno quiere nuestros datos”.

¿Cuáles datos, exactamente? Los mismos que el gobierno ya tiene desde que tramitamos la credencial para votar, nos inscribimos ante el SAT, sacamos un pasaporte o solicitamos una licencia de conducir.

Y no solo el gobierno: se los entregamos voluntariamente al banco para abrir una cuenta, a la aseguradora, a la compañía de internet, a una financiera, a ciertas aplicaciones de préstamos. Desde hace décadas damos nombre, domicilio e identificación hasta para contratar una línea fija, y quien ya trae un plan de pospago firmó desde el principio un contrato entregando exactamente ese tipo de información.

En algunos servicios entregamos bastante más: comprobantes de ingresos, situación laboral, datos bancarios, historial crediticio, fotografías de documentos, reconocimiento facial. Incluso las tristemente célebres aplicaciones “montadeudas” han llegado a recolectar cantidades enormes de información personal.

Pero aparentemente identificar al dueño de una tarjeta SIM es donde algunos decidieron trazar la última frontera de la privacidad.

Lo que realmente dice la nueva regulación

Es más sencillo de lo que suena. El artículo 103 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que las compañías de servicios móviles solo podrán activar y mantener activas las líneas asociadas a usuarios que hayan presentado una identificación oficial: para personas físicas, algo que permita asociarla con la CURP; para personas morales, el RFC, con reglas particulares para extranjeros.

Vale la pena aclararlo, porque suele haber confusión: la obligación alcanza a las líneas móviles en general, no solo a las de prepago.

El cambio práctico importante está justamente ahí, en el prepago, porque en buena parte de los servicios pospago ya existía desde el origen una relación contractual entre una persona identificada y un número telefónico. El usuario entregó sus datos porque quiso contratar el servicio, y la empresa necesitaba saber con quién estaba celebrando el contrato. El agujero grande siempre estuvo en las líneas que podían circular con mucha menos trazabilidad.

¿Por qué debería importarle esto a un deudor?

Porque la cobranza regulada no debería operar desde las sombras. Las reglas que rigen a los despachos que cobran deudas de entidades financieras exigen que el gestor se identifique, se dirija respetuosamente al deudor y utilice números telefónicos identificables; la CONDUSEF además prohíbe las amenazas, ofensas o intimidaciones contra el deudor, sus familiares y terceros ajenos a la obligación.

No es casualidad que el propio REDECO permita buscar información de despachos de cobranza incluso a partir del número que usaron para gestionar el cobro.

Y ahí surge la pregunta obligada: ¿de qué sirve exigir por ley que una empresa de cobranza use números identificables, si resulta facilísimo comprar otras líneas, usarlas un tiempo, tirarlas y seguir operando desde teléfonos distintos?

Para un despacho serio, registrar las líneas que usa no debería representar ningún problema. Para quien pretende amenazar de forma anónima, hacerse pasar por autoridad, hostigar familiares o mandar mensajes intimidatorios desde teléfonos desechables, la historia cambia bastante. La trazabilidad incomoda, sobre todo, a quien no quiere ser rastreado.

El problema rebasa las deudas

Extorsiones, fraudes telefónicos y secuestros virtuales se benefician exactamente de lo mismo: que quien está detrás de la comunicación pueda desaparecer junto con la SIM que usó.

Ninguna ley seria elimina el delito de un plumazo, y esta tampoco lo hará: un delincuente puede recurrir a identidades falsas, líneas obtenidas por terceros, tecnologías de ocultamiento o mil formas de evadir una investigación.

Pero de ahí a decir que, como la medida no borra el cien por ciento del delito, entonces no sirve de nada, hay un buen trecho. Con esa lógica tampoco deberían existir las placas de los coches, porque se pueden falsificar, ni las cuentas bancarias identificadas, porque existen los prestanombres, ni los registros fiscales, porque hay empresas fantasma.

Una herramienta de trazabilidad no necesita volver imposible el delito para ser útil; le basta con hacerlo más difícil, dejar evidencia y aumentar las probabilidades de encontrar responsables.

“Pero el gobierno va a tener mis datos”

No. No será el gobierno el que se quede con esos datos. Tal como pasa con un banco por ejemplo, será la compañía telefónica la que resguarde esa información. Para eso existe una Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Además, la Constitución protege las comunicaciones privadas, la ley en telecomunicaciones mantiene obligaciones específicas de confidencialidad, y el acceso de las autoridades a comunicaciones o datos está sujeto a reglas legales y, según el caso, a control judicial. Registro de identidad y espionaje son jurídicamente cosas distintas.

Privacidad no es lo mismo que anonimato

Desde Defensa Del Deudor defendemos todos los días el derecho de las personas a no ser hostigadas, amenazadas o exhibidas por una deuda, y defendemos también su privacidad.

Pero justamente por eso es difícil sostener al mismo tiempo que queremos combatir la cobranza anónima y que las líneas desde donde se hace deberían poder seguir siendo anónimas.

Queremos que las autoridades encuentren al mal cobrador, que sepamos quién mandó la amenaza, que se identifique al despacho que hostiga, que se pueda denunciar el número que intimida y que haya consecuencias. Pero en cuanto aparece una medida para que detrás de cada línea exista al menos una identidad verificable, algunos responden que no van a dar sus datos porque el gobierno quiere controlarlos.

Ahí hay una contradicción bastante evidente, y a veces también un componente político que termina contaminando una discusión que debería ser, ante todo, jurídica. Una medida no es buena porque la proponga el gobierno que nos cae bien ni mala porque venga del que detestamos. Se evalúa por lo que hace, por sus límites y por sus resultados.

Lo que sí debemos exigir

Defender la utilidad del registro no significa firmar un cheque en blanco. Como ciudadanos hay que exigir que las compañías protejan rigurosamente esa información: que no se use para campañas comerciales distintas a las autorizadas, que no se venda, que no se filtre, que no se consulte sin control.

Que las autoridades accedan únicamente por los procedimientos que marca la ley, y que existan consecuencias reales para quien abuse de esos datos.

Trazabilidad sí, vigilancia indiscriminada no: esa debería ser la discusión de fondo. Para millones de mexicanos entregar datos personales para contratar un servicio no empezó con esta regulación. Lo hacemos todos los días, muchas veces con información bastante más delicada.

La diferencia es que ahora se intenta cerrar uno de los espacios donde durante demasiado tiempo fue posible operar con una identidad difícil de rastrear: las líneas celulares usadas desde el anonimato.

El fondo del asunto

Para un ciudadano que usa su teléfono con normalidad, esto puede significar poco más que un trámite administrativo.

Para quien vive de amenazar deudores desde números desechables, cometer fraudes o esconderse detrás de una SIM después de un delito, el problema es bastante mayor. Quizás ahí esté una de las principales virtudes de la medida.

Desde la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor lo vemos todos los días: muchas veces el problema no es que falten leyes contra la cobranza abusiva, sino encontrar a quien decidió que podía violarlas escondiéndose detrás de un número telefónico.

Ponerle rostro jurídico a ese número no va a resolverlo todo. Pero es bastante difícil combatir a quien se esconde si insistimos en mantener la luz apagada.