Leo a un par de voces afines a la Cuarta Transformación despechadas contra la exministra Margarita Ríos Farjat. Escribo “despechadas” con intención, porque hace apenas unos años esas mismas redes celebraban su perfil de abogada y jurista, cuando en 2019, a propuesta de Andrés Manuel López Obrador, integró la terna para el máximo tribunal constitucional del país. La misma trayectoria que ayer se exaltaba hoy se presenta como sospechosa. Ese giro dice más de quienes lo protagonizan que de ella.

Los hechos son simples. Una exministra de la Suprema Corte se incorpora como socia a un despacho internacional y, casi de inmediato, una parte del oficialismo traduce ese movimiento en una falta moral. El reproche merece estudio, porque debajo de la palabra “ética” caben cosas muy distintas, y no todas resisten el análisis.

Conviene empezar por lo que sí sería un problema real. Que una persona con acceso a las deliberaciones actuales del SAT pudiera pasar a litigar contra el Estado plantea una cuestión que varios ordenamientos atienden con periodos de espera. Esos periodos existen para exfuncionarios del Ejecutivo, no para exjuzgadores, y México no los tiene para ninguno. En otras democracias, el regreso al ejercicio privado es rutina. En Estados Unidos, un fiscal deja el cargo y al poco tiempo litiga del otro lado del estrado sin que nadie lo lea como corrupción o conflicto de interés. La ausencia de una regla en México es un vacío de diseño, pero no una culpa individual. Confundir ambas cosas es el primer error del reclamo.

El hecho es que desde la salida de Ríos Farjat del SAT, las reglas de esa institución han cambiado y se han transformado tecnológicamente de manera radical. Es un error pensar en que una persona que demostró tener integridad una vez, sería capaz de renunciar a ella por un cambio de rol, máxime cuando los cambios dejan a todas las partes frente a un reto que no podría decirse pan comido.

El segundo error es material. Ríos Farjat integró la Primera Sala, que resuelve la parte más íntima de la vida de las personas: la familia, la filiación, las herencias, la salud, la identidad. Poco de ese acervo sirve a una práctica corporativa. La firma no apostó a esos expedientes. Según su propio anuncio, la exministra se incorpora a las áreas corporativa, transaccional y fiscal, y ahí lo que vale es su perfil constitucional y tributario, el mismo que la llevó antes al Servicio de Administración Tributaria. Su talento no son relaciones ni secreto de gobierno y menos algún tipo de ventaja ilegítima. En ese punto, y solo en ese, existe un deber que ninguna ley necesita recordarle: excusarse de los asuntos que tocó y guardar la reserva de lo deliberado, si los hubiera. Ese deber es acotado. No equivale a una prohibición de ejercer su profesión.

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Ejercer una profesión lícita es un derecho. Haber servido al país no puede volverse sinónimo de condena al ostracismo ni de pérdida de una carrera. El artículo 5 de la Constitución lo protege sin pedir permiso. Si el legislador pudo restringir el paso del servicio público al sector privado y no lo hizo, el gobierno no puede inventar después el deber que decidió no escribir. Tampoco sus ideólogos. La censura que hoy se ensaya llega tarde y por la puerta equivocada.

Queda el cargo más grave, el de traición. Aquí el equívoco es de fondo. La lealtad de quien juzga se debe a la Constitución, no a quien propuso su nombramiento. Ríos Farjat votó conforme a derecho contra iniciativas del gobierno que la impulsó, y por eso el expresidente la llamó traidora. A su probidad la nombraron deslealtad. Pero votar en derecho contra quien te nombró es, con exactitud, el contenido del cargo. Ferrajoli lo dijo con sencillez: la jurisdicción existe para poner límites al poder, sobre todo al poder que la incomoda. Un juez que obedece a quien lo sentó en la silla no es leal. Es prescindible. Basta contrastar sus intervenciones en el pleno con algunas de la Corte actual para medir el criterio que se quiso castigar.

Hay, además, una prueba sencilla para distinguir un juicio ético de una represalia. Un criterio moral vale si se aplica a todos por igual. Cuando cuadros del propio movimiento pasan al sector privado o a los medios sin escándalo, y la falta aparece solo frente al despacho internacional, la vara ya no mide ética. Mide simpatía política. Una vara que cambia según la mano que la sostiene no es una vara moral.

Lo que se propone contra ella tampoco es una regla. Es un aislamiento. Se le pide que su conocimiento y sus años de servicio se paguen con silencio y encierro profesional. Esa pretensión tiene un nombre antiguo, el del ostracismo, y una raíz iliberal: castigar la disidencia con la muerte civil. Un Estado que trata así a quien ejerció su independencia no defiende una ética pública. Defiende la obediencia.

El debate sobre la puerta giratoria o los criterios de “cuarentena” tras el servicio público es legítimo, y por eso la conversación seria no pasa por quién se atreve a contratar a una exministra, sino por qué reglas queremos para todos los que salen del poder. Mientras esa discusión no llega, vale preguntarse qué revela un gobierno cuando la única independencia que aplaude es la que nunca lo contradijo.

En el fondo, me parece que temen a una jurista dispuesta a quemar todos los barcos con tal de salvar la Constitución. Aquello no es poca cosa.