En la actualidad, la transparencia en torno a lo público se vincula con las más diversas libertades y derechos humanos de corte democrático, cuyo ejercicio tiene la posibilidad y capacidad de potenciarlos. Su origen puede ser trazado a través del desarrollo y la evolución de las libertades de conciencia y expresión, hasta arribar a su proyección en el derecho humano de acceso a la información pública, el derecho a saber, el derecho a la verdad, a la buena administración, entre otros.

Estos derechos, sus principios, valores normativos y prácticas correlativas dan lugar a la transparencia y, junto con ella, constituyen los elementos que, por medio de su vigencia, respeto, efectiva garantía y aplicación normada e institucionalizada, hacen posible una sustancial y efectiva rendición de cuentas. Esta última, entendida como una relación comunicativa, democrática, dinámica, permanente, proactiva y responsiva entre las personas y sus instituciones.

Cuando tal comunicación, en relación con lo público, es accesible para todas y todos en condiciones de apertura, igualdad, inclusión y equidad se hace posible que la rendición de cuentas se cumpla sustancialmente y de modo razonable. Lo anterior con la finalidad de poner al alcance de las personas información, herramientas y mecanismos de participación, control e incidencia en el quehacer público, dirigidos al ético y legal desempeño del servicio público en todos los niveles y ámbitos de gobierno.

La rendición de cuentas, en tal virtud, es susceptible de describirse como un sistema institucional de control al poder público, compuesto por mecanismos especializados de fiscalización que son operados y aplicados por diversos organismos igualmente especializados y competentes para evaluar la gestión de otros agentes o actores públicos y, en su caso, para aplicar las sanciones que correspondan. Por ello, este principio se relaciona con una idea de responsabilidad pública que debe ser permanentemente considerada y ejercida por todos los servidores públicos y que además es exigible por las personas a través de los procedimientos y mecanismos antes mencionados.

En tal medida, el combate a la corrupción, entendido como el conjunto de medidas, políticas, normas, mecanismos e instituciones articuladas para tal efecto, forma parte de la rendición de cuentas. Esto se actualiza al dar cauce al procesamiento y eventual sanción de las responsabilidades administrativas o penales en las que puedan incurrir tanto personas servidoras públicas como particulares y que se configuren como actos de corrupción.

Las columnas más leídas de hoy

Hay que considerar que el combate a este flagelo social que socava la ética y equidad debida, no solo se ocupa de la vertiente sancionatoria referida, sino que también requiere de la coordinación y realización de esfuerzos institucionales y sociales para prevenirla, detectarla e investigarla con miras a realizar las evaluaciones y los ajustes necesarios que de modo efectivo le cierren el paso. Tales esfuerzos pasan necesariamente por la transparencia sustancial y, consecuentemente, por la apertura de las instituciones que conforman el aparato del Estado de cara a la sociedad.

En tal orden de ideas, la transparencia es vinculo lógico necesario de la rendición de cuentas y, por ende, del combate a la corrupción. Lo anterior, sucede dada su calidad de sistema de asunción de responsabilidad pública, el cual, por un lado, obliga a las personas servidoras públicas a registrar, reportar con detalle y hacer público o responder todo lo relativo al ejercicio de sus funciones; y, por el otro, obliga a proporcionar a las personas, información y elementos para conocer, controlar, evaluar y monitorear el desempeño de las instituciones y de quienes las integran. Apreciada de este modo, la rendición de cuentas debe cobrar sustancia más allá de la simple transmisión de información por parte de agentes públicos a las personas y basarse en procesos de comunicación en los que se justifiquen y juzguen las decisiones y políticas públicas que se adoptan e implementan.

La rendición de cuentas y el combate a la corrupción son acciones sustantivas que precisan de nuestra participación activa en los temas que a todas y todos nos atañen al versar sobre la esfera pública. Así, no es un tema que corresponda solo al Estado hacer realidad. Exijamos cuentas y abonemos a mejorar nuestra comunicación con las instituciones que, en todo caso, se encuentran a nuestro servicio.

Mtro. Julio César Bonilla Gutiérrez, Comisionado Ciudadano del INFO CDMX