Kavak, una famosa empresa mexicana de autos usados, no dio utilidades a sus empleados. La compañía presentó un comunicado en sus redes sociales y esta es la increíble razón por la que negaron dicha posibilidad a los trabajadores.

La utilidades son las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa (persona física o moral) y en las cuales los trabajadores tienen derecho a participar siempre y cuando se generen, para su reparto se considera el año fiscal 2022.

El pago de utilidades debe ser por igual entre todos los trabajadores, para ello se toma en cuenta el número de días trabajados por cada uno en el año y la proporción en cuanto al monto de los salarios adquiridos por el trabajo en el año.

El reparto de utilidades está establecido hasta el último día hábil de mayo de 2023 en el caso de las personas morales (empresas), mientras que para las personas físicas (patrones) el periodo va del 1 de mayo al último día hábil de junio.

En ese contexto llegó el comunicado de Kavak.

Kavak niega reparto porque “no generó utilidades”

Kavak envió un comunicado en relación al reparto de utilidades, en el cual explicó porque no se concretó este pago entre los trabajadores de la empresa. El mensaje de la compañía de autos usados se difundió en redes sociales.

“De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (Artículo 121, Fracción 1) se establece el procedimiento anual del pago de reparto de utilidades a empleados, mejor conocido como PTU, a aquellas empresas que generan ganancias”, dice el comunicado.

“Por ese motivo queremos informarte que UVI TECH S.A.P.I de C.V (Kavak) durante el ejercicio fiscal de 2022 no generó utilidades”, explicó la empresa e invitó a los trabajadores a resolver sus dudas accediendo al enlace de un sitio web.

Kavak también ofreció acercarse al líder directo de cada trabajador para resolver las dudas en cuanto al reparto de utilidades.

¿Qué empresas están obligadas a pagar utilidades y qué empresas no?

El reparto de utilidades sucede desde el 1 abril y hasta el último día hábil de mayo de 2023 en el caso de las personas morales (empresas), mientras que para las personas físicas (patrones) el periodo va del 1 de mayo al último día hábil de junio.

Según el servicio de Administración Tributaria (SAT), las compañías obligadas al pago de utilidades son:

  • Empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más y con más de un año en funcionamiento
  • Toda unidad de económica de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo
  • Toda persona física o moral que tenga trabajadores a su servicio, sea o no contribuyente del impuesto sobre la renta

No responden al pago de utilidades:

  • Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento
  • Empresas nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso
  • Empresas nuevas de la industria extractiva, durante el periodo de exploración
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes
  • IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia

Los únicos trabajadores sin derecho a recibir utilidades son:

  • Directores
  • Administradores
  • Gerentes generales
  • Socios o accionistas
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda
  • Prestadores de servicios profesionales
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