La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la Ley Valeria el 18 de febrero de 2026, reformando el Código Penal Federal para sancionar el acecho.

Impulsada por Iraís Reyes de Movimiento Ciudadano y legisladoras de distintas fuerzas políticas.

Tras su eventual aval, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación para entrar en vigor y comenzar la aplicación de sanciones.

Delitos que persigue la Ley Valeria

La Ley Valeria reconoce el acecho como violencia persistente que implica vigilancia, seguimiento o intentos reiterados de contacto sin consentimiento, generando miedo y alteraciones en la vida cotidiana.

Se configura cuando las conductas son recurrentes y afectan libertad, seguridad, privacidad o integridad emocional, incluso sin contacto físico directo.

Características del acecho:

  • Seguimiento constante en espacios públicos o privados
  • Vigilancia de rutinas, domicilio o trabajo
  • Contacto reiterado por medios digitales
  • Generación de miedo y cambios de hábitos
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Multas que establece lo aprobado en Cámara de Diputados la Ley Valeria

El dictamen establece hasta 400 días de multa para quien incurra en acecho, además de reforzar sanciones vinculadas con acoso y abuso sexual.

Las sanciones económicas buscan inhibir conductas reiteradas de vigilancia, persecución o intimidación, así como garantizar medidas de protección efectivas para las víctimas.

Penas previstas en la reforma federal para la Ley Valeria

La reforma contempla penas de 1 a 4 años de prisión para quien vigile, persiga o intente comunicarse sin consentimiento de forma reiterada.

Con su tipificación federal, el acecho podrá investigarse y sancionarse, cerrando un vacío legal que durante años dejó sin protección adecuada a mujeres afectadas.