Un ciudadano promovió un amparo en contra de Lenia Batres Guadarrama, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por bloquear los comentarios en su cuenta de X (antes Twitter).

José Clemente, nombre del ciudadano que interpuso el amparo, reclamó por “las restricciones a la opción de respuesta de las publicaciones en la cuenta de la red social X” de la ministra de la SCJN.

En diciembre de 2023, Lenia Batres Guadarrama rindió protesta en la Cámara de Senadores como nueva ministra de la SCJN, luego de ser designada por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

En primera instancia, el Senado de la República rechazó una terna de opciones hecha por el presidente en ese sentido, razón por la que Lenia Batres Guadarrama fue designada directamente por AMLO.

Inicia la votación para elegir a nueva ministra de la SCJN

Aseguran que Lenia Batres Guadarrama violó la Constitución por bloquear comentarios en su cuenta de X

El amparo en contra de Lenia Batres Guadarrama, hecho por un ciudadano identificado como José Celemente, fue admitido por un juez Segundo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México (CDMX).

Por bloquear los comentarios en su cuenta de X (antes Twitter), el ciudadano aseguró que la ministra violó los artículos 1, 6 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Dichos artículos de la Constitución establecen que el derecho a la información deberá de ser garantizado por el Estado y, en ese sentido, los funcionarios públicos respetarán este ejercicio.

SCJN determina que servidores públicos no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales

En relación al amparo en contra de Lenia Batres Guadarrama, la SCJN determinó en marzo de 2019 que los servidores públicos no pueden bloquear a las ciudadanos en sus redes sociales.

Esta decisión tuvo origen con un amparo promovido por el periodista Miguel Ángel León Carmona, quien denunció al entonces fiscal general de Veracruz, Jorge Winckler, por bloquearlo en X.

En ese sentido, la decisión por tomada por unanimidad de votos por la Segunda Sala de la Corte, pues se argumentó que bloquear a los ciudadanos vulnera su derecho a la libertad de expresión y acceso a la información.