La lista OFAC (Office of Foreign Assets Control), conocida como ‘SDNT list’ y también como lista Clinton, donde recientemente se añadió el presidente colombiano Gustavo Petro, se creó en 1995.
Esto bajo la administración del expresidente estadounidense Bill Clinton, de actualmente 79 años de edad.
Es emitida y controlada por OFAC, organismo de control financiero fundado en 1950, que depende del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.




Y forma parte de la guerra de los Estados Unidos contra el narcotráfico y el lavado de activos.
¿Qué finalidad tiene la lista Clinton?
Bajo la dirección de Bill Clinton se pidió generar la lista Clinton para proteger la seguridad nacional y apoyar la política exterior ante la operación de carteles de droga de Colombia, que amenazan la seguridad Nacional y la economía de Estados Unidos.

Sus creadores son abogados y expertos en inteligencia de la OFAC que colaboran con profesionales en el combate del terrorismo internacional.
En conjunto operan bajo el mando de la Oficina de Terrorismo e Inteligencia Financiera, que a su vez colabora con el Departamento de Estado de Defensa y el FBI.
Su principal tarea es recopilar información y evaluar la amenaza que representa cada individuo, empresa o gobierno en cuestión.
Es decir, además de incluir a narcotraficantes y terroristas, el listado incluye a individuos y entidades sospechosas que podrían tener relación con actividades terroristas.
Sanciones derivadas de la lista Clinton
La OFAC administra, actualiza y hace cumplir las sanciones económicas y comerciales impuestas por el Gobierno de Estados Unidos, a través de la lista Clinton.
También es la OFAC quien impone las sanciones y multas si los individuos y entidades sospechosas no cumplen con sus regulaciones y directrices.
Sus sanciones son:
- Congelamiento de activos: Entidades financieras y/o personas físicas que estén en Estados Unidos no pueden hacer negocios con personas o empresas que se encuentren dentro de la lista ya que sus activos se mantendrán congelados hasta que finalice la investigación.
- Prohibición de transacciones. Aplica entre entidades financieras y/o personas físicas que se encuentren en los Estados Unidos con las personas identificadas en la lista.
- Restricciones de viaje hacia los Estados Unidos.
- Prohibición de exportación de bienes, servicios y tecnología a personas y empresas incluidas en la lista.
- Sanciones financieras integrales o selectivas: Multas civiles y penales así como pérdida de licencias bancarias.
Con información de Office of Foreign Assets Control, y el portal Ofac.treasury.gov
