¿Las mujeres trans pueden entrar a vagones exclusivos de Metro CDMX? Te explicamos que dice la ley tras el nuevo caso de discriminación ocurrido en la estación Merced de la Línea 1.
El martes 12 de agosto, una policía a cargo de la vigilancia de la estación Merced de la Línea 1, negó el acceso a la zona de vagones exclusivos a una usuaria que identifica como mujer trans.
Tras lo ocurrido, ha surgido el cuestionamiento sobre si las mujeres trans pueden entrar a los vagones exclusivos de Metro CDMX y acá te contamos qué dice la ley.

¿Mujeres trans pueden entrar a vagones exclusivos de Metro CDMX?
En busca de reducir las agresiones de índole sexual en contra de las mujeres, el STC implementó a mediados de la década del 2000, el llamado vagón exclusivo para mujeres en el Metro CDMX.
La medida que ha sido criticada por algunos sectores, está plenamente regulada y reconocida en la ley, en la cual también se afirma que las mujeres trans sí pueden entrar a los vagones exclusivos.



Sin embargo, el uso de estos por parte de dicha población ha causado varios casos de discriminación, siendo el más reciente el de Alexa Andrade, quien se identifica como mujer trans.
En su denuncia, la afectada acusó que una policía le negó el acceso en la estación Merced bajo el argumento de que las mujeres trans no tienen el permiso de entrar a vagones exclusivos de Metro CDMX.
Pero lo cierto es que la ley y el mismo STC ha establecido que las mujeres trans sí cuentan con pleno derecho de acceder a los espacios del Metro CDMX que están designados para mujeres y niños.

¿Mujeres trans pueden entrar a vagones exclusivos de Metro CDMX? Te contamos que dice la ley
El Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, en su artículo 230, fracción XIX, aborda el tema de las personas que tienen restringido el uso de los vagones exclusivos del Metro.
En él se refiere que se prohíbe a los usuarios viajar en zonas exclusivas de la red de transporte público si no son personas con discapacidad, personas adultas mayores, mujeres o niños menores de 12 años.



Aunque en dicho precepto legal no se hace mención del caso particular de las mujeres trans, la Gerencia de Seguridad Institucional del Metro CDMX ya se ha pronunciado en otras ocasiones de manera formal.
En agosto de 2020, la gerencia informó que el STC “reconoce y promueve los derechos humanos del grupo social de personas transgénero o transexuales, que asumen su identidad o género femenino“.
En ese sentido, sostuvo que de ninguna manera se les “impide, niega o discrimina para hacer el uso de los vagones exclusivos para mujeres, niñas y niños menores de 12 años”.
Por su parte, la coordinación de la unidad de Igualdad Sustantiva del gobierno de la CDMX, indicó que a nivel institucional no existe ningún tipo de distinción que excluya a las mujeres trans.
En conclusión, el organismo resaltó que el uso de los vagones exclusivos de Metro CDMX es una garantía que puede ser ejercida por todas las mujeres sin ningún tipo de segmentación discriminatoria.
“En el marco de la Transversalización de la perspectiva de género, no se considera distinción alguna entre mujeres biológicas (sic) y mujeres transgénero por lo que el uso de los vagones exclusivos es un derecho que puede ejercerse por las ciudadanas sin importar el origen de su identidad de género”
Coordinación de la unidad de Igualdad Sustantiva del gobierno de la CDMX
