La presidenta Claudia Sheinbaum dijo en la mañanera de este martes —cito la página de internet del diario Reforma— que la SCJN acaba de notificar al SAT sobre el caso de los adeudos del empresario Ricardo Salinas Pliego. La mandataria “afirmó que informará en una mañanera sobre el procedimiento que se debe dar para el cobro de impuestos”.
En otras palabras, la autoridad tributaria pronto procederá a embargar las propiedades del empresario —que deben ser muy caras— hasta llegar a un monto cercano a los 50 mil millones de pesos.
Para no provocar problemas en las empresas de Grupo Salinas —en las que trabajan muchas personas cuyos empleos deben ser protegidos—, antes de afectarlas con medidas como intervenirlas gerencialmente, supongo que se procederá primero a quitarle sus bienes valiosos no productivos, como su Hacienda en Malinalco, llamada Jalmolonga; sus casas en la Ciudad de México, todas fifís; sus helicópteros y aviones, y su apantallador superyate de lujo de 105 metros de largo fabricado por la empresa alemana Blohm & Voss.
El valor aproximado del superyate es de 125 millones de dólares. Los vale: tiene 13 camarotes, alberca, helipuerto, discoteca, SPA, gimnasio, comedores espaciosos, elevadores para que el rey don Ricardo I no se fatigue y aire acondicionado y calefacción en todas partes.
Para sacarle más dinero, propongo repetir la clásica estrategia: rifarlo aprovechando un sorteo importante de la Lotería Nacional, dirigida por Olivia Salomón. La emprendedora funcionaria sin duda superaría el éxito de la histórica rifa —que no fue rifa— del avión que sí era avión y que terminó vendido a quién sabe quién.
Enseguida la logística de la rifa, que desde luego la directora Salmón ajustará:
1.- Autorización del sorteo:
La Lotería Nacional debe obtener:
- Aprobación de su Consejo Directivo
- Revisión de la Secretaría de Hacienda (SHCP)
- Publicación de bases en el Diario Oficial (DOF) si se requiere por monto o naturaleza.
Las bases del sorteo incluirían:
- Nombre del sorteo
- Valor del premio
- Número de billetes
- Precio por billete
- Fecha y forma del sorteo
- Tratamiento fiscal (ISR para el ganador)
2.- Aseguramiento y resguardo del yate
Para evitar riesgos antes del sorteo:
- Contrato de seguro náutico pagado por la Lotenal.
- Traslado del yate a un astillero o marina certificada.
- Inventario notariado de accesorios, motores y equipo.
3.- Producción y distribución de billetes
La Lotería manda imprimir:
- Serie y número de billetes
- Imagen y características del yate
- Leyendas legales
- Código QR de seguridad
Luego distribuye a:
- Expendedores
- Cadenas comerciales
- Venta digital en plataformas oficiales
4.- Promoción y publicidad
Campaña nacional:
- Conferencia de anuncio oficial
- Imágenes del yate, videos, recorridos
- Presentación del avalúo
- Calendario de venta
- Spoteo en TV, radio y redes
5.- Realización del sorteo
El día del sorteo se hace en:
- El Salón de Sorteos de la Lotería Nacional
- Con presencia de notario público
- Con supervisión de la Secretaría de Gobernación (Segob) como marca el reglamento
El acta notariada certifica:
- Número ganador
- Momento y métodos del sorteo
- Testigos y funcionarios presentes
6.- Entrega del yate al ganador
Debe cumplir con: (i) Presentarse con el billete ganador. (ii) Verificación por parte de la Lotenal. (iii) Pago de impuestos correspondiente. (iv) Firma del acta de entrega. (v) Transferencia de la propiedad marítima ante la autoridad competente (Capitanía de Puerto + SEMAR).
7.- Finalmente, el ganador recibe:
- Papeles de propiedad
- Llaves
- Accesorios inventariados
8.- Transparencia posterior
La Lotería debe publicar:
- Número ganador
- Monto de venta total del sorteo
- Uso de los recursos (si tienen destino público asignado)


