La reforma al poder judicial federal en México representa o simboliza, por el momento y a estas alturas del cierre del primer cuarto del siglo XXI, la apertura de una gran puerta ante la cual ciudadanas y ciudadanos podrán ejercer sus derechos políticos de manera completa e integral.
Antes del año en curso, la Constitución establecía que la voluntad popular se habría de ejercer y expresar para elegir sólo a gobernantes y legisladores. Hoy, con la reforma antes referida, las y los ciudadanos podremos elegir libremente a gobernantes, legisladores y jueces. Esa es, en parte, la trascendencia de la reforma del poder judicial en nuestro país.
Algunos piensan que ésta es una elección inédita, sin embargo, existen antecedentes de elecciones populares del poder judicial en México. En el siglo XIX, durante algún período de la historia del Estado mexicano, se realizaron elecciones populares para determinar los cargos del poder judicial, específicamente de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), debido a una iniciativa encabezada por los liberales.
Al respecto, pregunté a un motor de búsqueda, en internet, acerca de los años en que los ministros de la SCJN habían sido elegidos por voto popular, y esto me respondió: “En México, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fueron elegidos por voto popular directo durante el periodo comprendido entre 1857 y 1912, según lo establecido en la Constitución de 1857. Este mecanismo de elección popular estuvo vigente durante ese tiempo, permitiendo que los ciudadanos eligieran a los ministros, aunque con críticas de algunos juristas como Emilio Rabasa, quien argumentaba que este sistema podía comprometer la independencia judicial al vincular a los ministros con intereses políticos mayoritarios. A pesar de ello, durante este periodo fueron electos juristas destacados como Ignacio L. Vallarta, José María Iglesias y Sebastián Lerdo de Tejada, entre otros, quienes cumplieron adecuadamente con sus funciones.”
Según los registros de esa época, la democratización de los órganos del poder judicial y de los demás poderes de la unión, era limitada. Hay que recordar que, en esos tiempos de la segunda mitad del siglo XIX y el comienzo del siglo XX, sólo los varones podían ejercer el derecho político del voto para elegir a jueces (o como se les dice hoy, a personas juzgadoras); así mismo, sólo varones eran candidatos a ocupar esos cargos, como ministros.
Hasta 1953, en México, las mujeres obtuvieron el reconocimiento como ciudadanas con todos los derechos (antes se les denominaba “garantías individuales”) reconocidos en la Constitución y en las leyes secundarias, incluido el derecho político, es decir, el de elegir libremente a gobernantes y legisladores tanto federales como locales. Es increíble y vergonzoso para la historia de la democracia mexicana, que antes de 1953 las mujeres no tuvieran derechos políticos.
“En México, el derecho al voto para las mujeres se estableció en 1953. Ese año se reformó el artículo 34 de la Constitución para reconocer a las mujeres como ciudadanas con plenos derechos políticos, incluyendo el voto en elecciones federales y locales. La primera vez que las mujeres mexicanas pudieron votar en una elección federal fue en 1955, durante las elecciones legislativas.” (Fuente: consulta en Grok3)
Hoy, con la reforma constitucional del Poder Judicial de la Federación de 2024-2025, la ciudadanía está frente a la posibilidad histórica de elegir a las personas juzgadoras, además de elegir a los representantes populares de los demás poderes del Estado. En el caso particular de las mujeres y su relación con sus derechos políticos, la actual coyuntura (1 de junio de 2025) abre la posibilidad que, además de los plenos derechos de que ya gozan y que se encuentran establecidos en la Constitución, en esta oportunidad ellas jueguen un papel protagónico en la elección judicial, puesto que en México se ha adoptado el criterio político de la paridad, lo cual significa que las mujeres tienen igualdad de oportunidades tanto para elegir a las personas juzgadoras como para ocupar cargos, con igualdad, en el sistema judicial federal.
En las condiciones políticas actuales, en donde el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) representa una mayoría en el Congreso (cámara de diputados federal y en el Senado); que cuenta con gobernadoras y gobernadores en la mayor parte del país, postulados por ese mismo instituto político; y donde la presidenta de la república, democráticamente electa en 2024, proviene del mismo partido, es claro que la actual reforma al poder judicial federal es una iniciativa que tiene el sello de esa tendencia política, es decir, de la autodenominada “Cuarta Transformación” de la vida pública del país.
Es, como sabemos, una iniciativa política que propuso, desde 2024, el ex presidente López Obrador; idea que enfrentó un bloque opositor para que ésta no se llevara a cabo. Oposición que, en esta oportunidad y de manera desorganizada, llama a “no votar” el próximo domingo. Una pregunta que surge con respecto a esa actitud política es ¿qué proponen entonces los opositores? ¿Que la selección de las personas juzgadoras siga a cargo del titular o la titular del poder ejecutivo federal de manera unipersonal y centralizada?
Pienso, por el contrario que hay que asistir a ejercer nuestros derechos políticos para elegir a cualquier tipo de autoridades ejecutivas, legislativas y judiciales, tal como lo establece hoy la Constitución, porque, en efecto, se trata de una circunstancia casi inédita. Es una coyuntura, como pocas en la historia, para que ciudadanas y ciudadanos podamos cambiar la manera en que se hacían las cosas, en materia de justicia, en este país.
Votar este 1 de junio para elegir a quienes integrarán a los diferentes órganos del poder judicial de la federación simboliza, (con todo y con la complejidad informativa que ello implica), no sólo un acto cívico que se sintoniza o es congruente con la necesidad de democratizar de manera integral la vida pública del país, y de manera concreta, de las instituciones del Estado mexicano, sino que también con ello se da un mensaje a las generaciones más jóvenes, quienes podrán aprender de esta jornada electoral judicial acerca de dificultades y las ventajas que nos da como nación el hecho de ejercer los derechos políticos en toda su extensión.
Podemos entrar por la puerta grande al ejercicio, inicial o “en pañales”, de los derechos efectivos políticos, legislativos y judiciales en México. Es una inmejorable oportunidad de hacer historia.
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