El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió una vez má la prórroga para la activación del Buzón Tributario hasta 2027.
El SAT había señalado como última fecha para su activación el 31 de diciembre de 2025; quienes no lo hubieran hecho se harían acreedores de una multa de hasta más de 11 mil pesos.
SAT extiende prórroga para activar Buzón Tributario hasta 2027
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 28 de diciembre, la multa por la no habilitación del Buzón Tributario será aplicable a partir del 1 de enero de 2027.
“Los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, les será aplicable lo señalado en el artículo 86-D del citado Código a partir del 1o. de enero de 2027”
DOF del 28 de diciembre
Cabe señalar que el artículo 86-D hace referencia a la multa de entre 3 mil 850 pesos y hasta de 11 mil 540 pesos para quienes no habiliten el Buzón Tributario.
Con esto, se establece una nueva prórroga desde el SAT para las y los contribuyentes para realizar el trámite, hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Quiénes tienen que activar el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es la forma en el que el SAT se comunica con las y los contribuyentes; sin embargo, no todos están obligados a activar este medio.
Quienes sí tienen la obligación de activar o actualizar el Buzón Tributario son:
- Cuando se realicen trámites o procedimientos en los que se requiera contar con Buzón Tributario
- Cuando hayan emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingresos o recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses
Cabe señalar que las personas física o morales cuyo RFC esté con situación fiscal de cancelado, así como las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y asalariados con ingresos menores a 400 mil pesos anuales no están obligados a activarlo.



