La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cierra la puerta a que padre biológico pueda evadir la pensión alimenticia aun si el menor fue reconocido legalmente por otro familiar.

De esta manera se garantizó el derecho de niñas, niños y adolescentes de recibir alimentos de forma retroactiva por parte del padre biológico.

SCJN resuelve que pago de la pensión alimenticia es obligatoria e irrevocable

La SCJN emitió una resolución en la que determina que el pago de alimentos son una obligación jurídica insustituible e irrenunciable por parte del padre biológico.

Padre e hijo

Incluso cuando el menor haya sido registrado o reconocido solidariamente por algún tercero o por un familiar, como abuelos o tíos, el padre biológico está obligado a pagar pensión alimenticia.

La Corte explicó que la pensión alimenticia no se puede renunciar ni transferir, por lo que el padre biológico no puede evadir su responsabilidad económica en ninguna circunstancia.

Esto incluye gastos de alimentación, educación, vestido, vivienda y todo lo necesario para el desarrollo integral del menor.

La SCJN destacó que exigir el pago de la pensión, incluso de manera retroactiva, no es un castigo para el padre biológico, sino el cumplimiento de una obligación legal.

El apoyo familiar puede beneficiar al menor, pero no libera al padre de su deber.

La SCJN subrayó que todas las resoluciones deben priorizar el interés superior de los menores y asegurar que los padres asuman plenamente sus responsabilidades, sin trasladarlas a otros miembros de la familia.

Tras caso en Guanajuato, la SCJN cierra puerta a evadir pensión alimenticia con reconocimientos familiares

El fallo de la SCJN surgió luego de un caso en Guanajuato en el que el abuelo materno asumió la manutención de su nieta y la reconoció legalmente como hija.

Esto luego de que el progenitor se habría ausentado al menos tres años de la vida del menor.

Un tribunal consideró que con este apoyo a la menor, la obligación del padre biológico quedaba cubierta y le otorgó al progenitor un amparo para dejar de pagar pensión alimenticia.

Sin embargo, la SCJN revocó esta decisión y aclaró que la ayuda de otros familiares no sustituye la responsabilidad del padre biológico.

En ese sentido dejó en claro que aunque el abuelo u otra persona se haga cargo de los gastos del menor y la reconozca legalmente, el padre sigue obligado apegar la pensión alimenticia.

Los jueces deberán de analizar cada caso en particular, considerando:

  • Si el padre sabía del embarazo o nacimiento
  • Su actuó con buena o mala fe
  • Además de que si el padre biológico argumenta que no pudo pagar, deberá demostrarlo.
Niña

La SCJN avala que el no pagar la pensión como lo ordena un juez puede ser un delito

La SCJN avaló que el no pagar la pensión como lo ordena un juez puede ser un delito, especialmente cuando esa falta de pago afecta directamente el bienestar del menor.

Esto aplica si el padre entrega menos dinero del monto fijado por la autoridad, ya que si una persona no puede cubrir la pensión establecida debe acudir al juez y pedir un ajuste.

En este caso deberá de demostrar su situación económica, pero si no realiza este cambio se encuentra obligado a pagar la cantidad completa.

La SCJN dejó en claro que reducir la pensión por cuenta propia puede traer consecuencias penales y es que el cumplimiento de las pensiones alimenticias debe ser íntegro, oportuno y continuo.

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