La “Ley Silla” sigue avanzando porque el Pleno de la Cámara de Senadores ya aprobó la reforma en lo general y en lo particular con mayoría calificada; esto es lo que sigue en pro del derecho a descansar.

Desde octubre en la Cámara de Diputados los legisladores habían votado en favor de la “Ley Silla” con 476 votos, por lo que siguió su proceso legislativo al Senado.

El pasado 28 de noviembre esta nueva “Ley Silla”, las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos en la Cámara de Senadores discutieron este tema, del que votaron a favor por unanimidad.

Ley Silla es aprobada en lo general y lo particular por la Cámara de Senadores; qué sigue

Durante la sesión de hoy miércoles 4 de diciembre, la Cámara de Senadores aprobó la reforma de la Ley Federal del Trabajo que garantiza el derecho al descanso durante la jornada laboral, conocida como la “Ley Silla”.

La Ley Silla fue aprobada por unanimidad con un total de 104 votos en lo general y lo particular, por lo que los empleadores deberán garantizar las condiciones dignas para el derecho al descanso de sus trabajadores.

Tras la aprobación en la Cámara de Senadores de la “Ley Silla”, se turnará al Ejecutivo Federal para su trámite, es decir, su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo la reforma entrará en vigor al día siguiente de la misma.

Ley Silla es aprobada por las comisiones de la Cámara de Senadores

Las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores aprobaron el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

En materia de derecho al descanso durante la jornada laboral, es decir la “Ley Silla”; donde se hace una modificación de ley al artículo 132, en el que se pone como:

Obligación de las personas empleadoras proveer suficientes asientos o sillas con respaldo a todas las personas trabajadoras en los sectores de servicio y comercio, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral”.

Además se agrega que en el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que, para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo.

Ley Silla prohibirán a empleadores a obligar a las personas trabajadoras permanecer de pie

Otra de las modificaciones de para la “Ley Silla” ocurre en el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, donde se les prohíbe a los empleadores obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral.

Así como prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Adicionalmente el artículo 423, fija que el reglamento interior de trabajo contendrá normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo durante la jornada laboral.

La minuta, además, modifica los artículos 422 y 423 para cambiar el término “trabajador” por “persona trabajadora”.

Cámara de Senadores.