La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados planteó la imposición de castigos más severos para quienes vendan medicinas adulteradas o caducas en Internet.

A fin de evitar dicho acto delictivo, durante sesión ordinaria, los integrantes de la Comisión de Salud pidieron modificar el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud.

El proyecto fue aprobado por votación unánime, con 27 votos a favor, una abstención y un voto en contra.

La Comisión de Salud busca endurecer las penas a quien comercie medicinas caducas; Estas serían las sanciones

La Comisión de Salud presentó su modificación a la Ley General de Salud, misma en la que se acordó endurecer las penas en prisión, así como las multas impuestas, a quienes vendan medicinas caducas.

Con dicha modificación se podrían aumentar los castigos vigentes, de 3 a 15 años de cárcel y multas de 20 mil a 50 mil días de salario, a 5 años como mínimo y 20 años máximo.

Aunque este proyecto fue aprobado por mayoría unánime, este ya fue turnado a la Mesa Directiva de la Cámara, con el objetivo de que sea programado a discusión y eventual aprobación en el Pleno.

No obstante, esta no podría ser puesta en marcha hasta la nueva Legislatura que inicia en septiembre de 2024, o bien, en un periodo extraordinario de sesiones.

Estos son los delitos que se busca penar con la modificación a la Ley General de Salud

Las personas que podrían recibir penas de hasta 15 años en prisión y multas de 100 mil días de salario, serán aquellos que vendan medicinas caducas o adulteradas.

En ese sentido, también podrían ser sancionados quienes adulteren, falsifiquen, contaminen o permitan la adulteración o contaminación de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos.

La pena también será aplicable a quienes:

  • Fabriquen sin licencia y la autorización de ley
  • Quienes vendan, ofrezcan en venta, comercien, distribuyan
  • Al que venda, ofrezca en venta o comercie con muestras médicas
  • Quien falsifique o adultere o permita la adulteración
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