México.- Hasta con 6 años de prisión será sancionada la persona que obtenga o difunda imágenes íntimas de otra persona sin su consentimiento, en Querétaro.

Este jueves, el Congreso del Estado aprobó, por unanimidad, la iniciativa de reforma al Código Penal local para tipificar como delito la violencia digital y castigar a las “personas que ejerzan violencia al obtener o difundir imágenes o videos de las partes íntimas o genitales de una persona sin su consentimiento”, así como a quien difunda o amenace con difundir ese mismo contenido.

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El diputado Miguel Ángel Torres Olguín, quien impulsó la reforma junto con colectivas feministas, expresó que este tipo de violencia se ejerce mayoritariamente en mujeres y niñas, y agregó que conlleva implicaciones emocionales “fuertes que pueden llegar hasta el suicidio”.

Ley Olimpia avanza en México

Olimpia Coral Melo, del Frente Nacional por la Sororidad, señaló que ya son 6 los estados que han aprobado esta ley que permitirá que las mujeres estén seguras también en internet y contar con las herramientas para investigar estos delitos.

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De acuerdo con la activista, la llamada Ley Olimpia está parada en la Ciudad de México y en Oaxaca; por presentarse en los congresos de Durango, Estado de México, Nayarit, Coahuila, Tabasco y Quintana Roo. Los estados que ya la aprobaron son Puebla, Chiapas, Veracruz, Guanajuato, Baja California Sur y ahora Querétaro.

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¿Cómo nació la Ley Olimpia?

En 2013, Olimpia comenzó la lucha por tipificar como delito la difusión de imágenes, vídeos y textos de contenido sexual, luego de que su entonces pareja difundiera una grabación íntima suya.

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Fue en diciembre de 2018 cuando el congreso de Puebla aprobó la tipificación de los delitos de violación contra la privacidad sexual y el ciberacoso.