Tras la publicación de los adeudos en el caso Ricardo Salinas Pliego, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos hace un llamado, ya que se preguntan si se violó el secreto fiscal del empresario.

Y es que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) compartió que Ricardo Salinas Pliego y sus empresas, como TotalPlay y TV Azteca, deben alrededor de 63 mil millones de pesos.

Esto fue compartido por el titular del SAT, Antonio Martínez, durante la conferencia mañanera de hoy 20 de marzo, señalando que no están viendo quién es Ricardo Salinas Pliego, sino las irregularidades fiscales.

¿Se violó el secreto fiscal en caso Ricardo Salinas Pliego? Instituto Mexicano de Contadores Públicos advierte lo siguiente

Durante conferencia de prensa, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos explicó el caso Ricardo Salinas Pliego y que el SAT haya compartido su adeudo durante la mañanera, señalando que es poco común.

Ya que tal como dijeron, la parte fiscal es parte de la privacidad de personas físicas y morales, por lo que Ricardo Salinas Pliego podría incluso interponer un amparo si revisa si se violó el secreto fiscal.

Añadieron que se debe constatar si el que se compartieran las multas así como las actualizaciones, tal como se vio en la mañanera, podrían violar lo estipulado en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

Fue el presidente de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Víctor Manuel Cámara Flores quien refirió que en caso de una afectación, Ricardo Salinas Pliego puede hacer valer sus derechos como contribuyente.

Porque solamente en algunos casos se puede exhibir la información pero deben conocer bien el caso Ricardo Salinas Pliego para opinar.

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¿Qué es el secreto fiscal? Esto dice el artículo señalado por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos

El secreto fiscal es un derecho del contribuyente y consiste en la reserva de la información del mismo, evitando la publicación de las personas físicas o morales por parte del personal hacendario, tal como comparte el Consejo de la Judicatura Federal.

Aunque el video compartido por el organismo declaró que hay ciertas excepciones del secreto fiscal, pero deben de ser solicitados y por motivos del Código Penal en su mayoría, como terrorismo o ingresos ilícitos.

Por otra parte, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos citó el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, en donde se menciona que el personal del SAT está obligado a guardar absoluta reserva a declaraciones o datos de los contribuyentes.

En el mismo también mencionan excepciones, uno de ellos fue dicho por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, respecto a créditos fiscales; o de datos que gestione la Comisión Federal de Competencia Económica para calcular sanciones.

El secreto fiscal tampoco es aplicado para ningún servidor público, contribuyentes que declaren operaciones inexistentes o a quienes el SAT dejó sin certificado de sello digital.

Igualmente, cualquier publicación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, solamente puede ser por acuerdo expreso en el primer caso, o solicitud previa en el segundo.