México.- Grupo Salinas amagó con descontar el día a las trabajadoras que el próximo lunes 9 de marzo, decidan sumarse a la iniciativa del Paro Nacional de Mujeres

Un oficio que circula en redes sociales, atribuido al equipo de Recursos Humanos de Grupo Salinas, señala que las ausencias del próximo lunes 9 de marzo no cuentan aún con el aval de la dirección general, por lo que quienes no asistan al trabajo ese día serán ingresados en el registro interno con una "falta en el sistema". 

En el documento, dirigido principalmente a los directores de área, la empresa reconoce que existe una crisis de violencia e inseguridad en México, en especial en lo que corresponde al bienestar y desarrollo de las mujeres

Pese a señalar cifras de casos de violencia de género, y la impunidad en la que quedan las acusaciones,  Grupo Salinas considera que la prioridad para el próximo 9 de marzo es garantizar la operatividad de sus distintas unidades, por lo que pide a su cuerpo directivo entablar diálogo con las mujeres dentro de sus equipos y promover el cumplimento de su jornada laboral el próximo lunes 9 de marzo. 

"Debo informarles que no se ha autorizado que su ausencia se justifique, por lo que sería considerada una falta en el sistema (...) Si deciden sumarse entenderemos su ausencia, aunque no olviden que valoramos y reconocemos la importa de su presencia"

Circular de Grupo Salinas. 

Lo que la circular sí autoriza es que quienes asistan a trabajar puedan portar un distintivo que haga referencia a la movilización. Pese al llamado a no sumarse al paro, Grupo Salinas asegura que la libertad es un "valor esencial" de la empresa, por lo que pide que sus colaboradores tomen "la decisión correcta". 

¿Pueden despedir a mujeres que se sumen al Paro Nacional del 9 de marzo? 

De acuerdo con la Fracción X del Artículo 47 de la Ley Federal de Trabajo, un patrón puede despedir, o rescindir el contrato de una trabajadora o trabajador, sin responsabilidad alguna en su contra, cuando la persona en cuestión sume más de tres faltas injustificadas (a partir de la cuarta) en un periodo de 30 días naturales, que se contabilizan a partir de la primera falta. 

No importa que los 30 días naturales no pertenezcan al mismo mes. 

En lo que hace a la aplicación de descuentos, el Artículo 82 de la misma Ley Federal de Trabajo señala que los patrones no estarán obligados a pagar el día correspondiente a una falta sin justificante. El descuento también se aplicará al día de descanso asignado para la semana, así como en los porcentajes de utilidades, aguinaldo e Infonavit. 

Ante estos escenarios, una mujer puede sumarse al paro aún y con la negativa de sus empleadores conforme a dos posibles escenarios: pedir el día a cuenta de vacaciones o solicitar un permiso especial para la jornada, sea con o sin goce de sueldo.