México, 28 Ago. (Notimex).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la determinación del IFE en el sentido de que es infundado que haya existido publicidad encubierta en la campaña del candidato presidencial de la coalición Compromiso por México,Enrique Peña Nieto.

 

En la sesión de este martes, el tribunal confirmó la determinación del Instituto Federal Electoral (IFE) del 16 de agosto, cuando se declaró infundada la queja presentada por el PRD donde se denunciaba una supuesta publicidad encubierta en televisión, radio y medios impresos en favor de Peña Nieto.

 

El secretario de Estudio y Cuenta del colegiado, Ernesto Camacho Ochoa, dio lectura a la ponencia del magistrado José Alejandro Luna Ramos.

 

En ella destacó que en el proyecto “se considera infundado el agravio relativo a que el procedimiento sancionador se tramitó en tiempos excesivos, pues si es de naturaleza sumariano existe un plazo legal para que la autoridad electoral agote la correspondiente indagatoria”.

 

Asimismo se estiman inoperantes los agravios en los que se sostiene que fue ilegal la manera en la que la Dirección de Prerrogativas desahogó el requerimiento del secretario general respecto a la información de los programas de radio y televisión en los que participó Enrique Peña Nieto.

 

Lo anterior porque tales argumentos se basan en contratos que, por una parte, ya fueron materia de pronunciamiento por parte de este tribunal en el recurso de apelación 24 de 2011.

 

Por su parte, la entrevista de otra periodista a Enrique Peña Nieto sólo podría evidenciar que sobrepasó los límites del ejercicio periodístico, más no la existencia de una conducta de publicidad encubierta, concluyó.