El Dr. Simi, a través de sus miles de Farmacias Similares, son parte de las empresas que ya disfrutan de la denominada Ley Silla.
Y es que todos aquellos trabajos que no garanticen la aplicación de esta normativa podrán enfrentar multas económicas que ascienden a varios cientos de miles de pesos.
Cabe recordar que la Ley Silla entró en vigor el pasado 17 de junio 2025, por lo que es importante que las empresas cumplan ya con esta medida a la brevedad posible.
No aplicar la Ley Silla podría generar multas de miles de pesos
Así como el Dr. Simi en sus Farmacias Similares, todas las empresas deben cumplir desde el pasado 17 de junio con la Ley Silla.
Y es que la Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula en su normativa fuertes multas económicas para aquellas empresas que no cumplan con la Ley Silla.
De acuerdo con la LFT, en caso de que se incurra en esa situación, un empleador podría enfrentar multas que van desde las 250 a las 2 mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAs).
Es decir, con valor de 2025, las multas por no cumplir la Ley Silla podrían ascender a los 28 mil 285 pesos, hasta alcanzar los 282 mil 850 pesos.
De igual forma, si alguna empresa o empleador recibe una multa y este vuelve a incurrir por segunda ocasión, la Ley Silla estipula que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con la facultad para emitir una suspensión temporal del lugar.
Esto hasta que garantice el cumplimiento de la normativa, o bien, podría derivar, incluso, en el cierre definitivo del espacio laboral.
Por tal motivo, desde el 17 de junio corre un plazo máximo de 180 días para que todos los sitios de trabajo modifiquen y adecuen sus políticas internas, a la espera de los nuevos lineamientos de la Secretaría de Trabajo.




¿Qué es la Ley Silla?
La Ley Silla establece en su artículo 132 que todos los patrones deberán proporcionar a sus empleados asientos o sillas con respaldo para que puedan prestar sus servicios en las empresas.
Esta ley implica que los empleados puedan descansar durante su jornada laboral, o bien utilicen la silla para tomar descansos periódicos a lo largo de su turno.
Por ello, si trabajas de pie a lo largo de tu jornada y no existe posibilidad de permanecer sentado, tu jefe ahora deberá implementar espacios para que tomes descansos en las mismas instalaciones del lugar de trabajo.
Adicional, el artículo 133 prohíbe a los jefes cualquier tipo de acción para obligar a sus trabajadores el permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral, garantizando así la aplicación de la ley silla.
