La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la reducción de condena al feminicida de la maestra Jessica González Villaseñor, asesinada en septiembre de 2020 en Michoacán, reafirmando la importancia de sancionar con firmeza los delitos de violencia de género.

El fallo, derivado del Amparo Directo en Revisión 4872/2024, establece que los tribunales del país no podrán reducir las penas por feminicidio argumentando el derecho a la reinserción social, al tratarse de delitos que vulneran la vida, la dignidad y los derechos de las mujeres.

Jessica González, símbolo de justicia y lucha

Jessica González de tan solo 21 años, fue reportada como desaparecida el 21 de septiembre de 2020 y hallada sin vida días después en un paraje boscoso de Morelia.

Las investigaciones de la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) confirmaron que fue víctima de feminicidio a manos de su pareja sentimental, Diego Urik Mañón Melgoza, quien la golpeó brutalmente antes de privarla de la vida.

En febrero de 2023, un juez dictó 50 años de prisión al agresor; sin embargo, meses más tarde, un tribunal redujo la pena a 42 años y seis meses, al considerar su edad (18 años al momento del crimen) como atenuante y su supuesto derecho a la reinserción social.

Esa resolución fue impugnada por las víctimas indirectas y el caso llegó hasta la Suprema Corte, respaldado por un Amicus Curiae presentado por la FGE y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de Michoacán.

Michoacán impulsa la defensa de las víctimas ante la SCJN

El documento, promovido por el fiscal general Carlos Torres Piña y el ombudsperson Josué Mejía Pineda, aportó argumentos jurídicos y de derechos humanos que resultaron fundamentales para la decisión final del máximo tribunal.

Ambas instituciones colocaron la perspectiva de género y los derechos de las víctimas en el centro del análisis constitucional, subrayando que la proporcionalidad de la pena en casos de feminicidio no puede relativizarse mediante argumentos atenuantes.

Por su parte, Mejía Pineda reconoció la valentía de la familia de Jessica y de los colectivos que acompañaron el proceso, destacando que la colaboración institucional puede transformar la justicia en un verdadero instrumento de protección de los derechos humanos.

Un precedente histórico en la justicia contra el feminicidio

La ponencia, a cargo de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, sostuvo que la reinserción social no puede ser criterio válido para disminuir la sanción en un feminicidio, y que las resoluciones judiciales deben partir de un análisis estructural de la desigualdad y la violencia de género.

Con esta determinación, la SCJN dejó sin efecto la reducción de condena a Diego Urik Mañón Melgoza y ordenó emitir una nueva sentencia conforme a los principios constitucionales y de proporcionalidad.

El fallo sienta jurisprudencia obligatoria: a partir de ahora, ningún juez del país podrá reducir condenas por feminicidio invocando la reinserción social como atenuante.

Para Michoacán, este logro simboliza una victoria colectiva que trasciende el ámbito jurídico: la consolidación de una justicia con rostro humano, donde las víctimas son escuchadas y la impunidad no tiene cabida.

La acción conjunta de la FGE y la CEDH no solo restituyó la justicia en el caso de Jessica González, sino que marcó un precedente ante cualquier acto de violencia feminicida en Michoacán y en el país.