Las reformas a la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México (CDMX) ya están en vigor, por lo que te decimos las sanciones que tendrán que pagar quienes aparten lugares en la calle por cualquier fin.
De acuerdo con la información publicada en la Gaceta oficial, dichas reformas en la CDMX ya están vigentes desde el 25 de septiembre de 2025.
Por lo que queda prohibido utilizar llantas, piedras, botes u otros objetos para apartar un lugar en la calle.

Las sanciones a pagar según la Ley de Cultura Cívica por apartar lugares en la calle
Con el objetivo de acabar con la acción de apartar lugares en la calle, legisladores de la CDMX llevaron a cabo reformas a la Ley de Cultura Cívica.
Se trató de modificaciones a los artículos 3, 28 Bis, 31 y 32, las cuales señala que aquellas personas que aparten lugares en la calle con cualquier objeto —ya sea para cobrar alguna cuota o por apropiarse del espacio— tendrán que pagar las siguientes sanciones:
- Arresto de 24 a 36 horas
- Quien cobre cuota por algún lugar, se impondrá un arresto de 36 horas
- Quien amenace, extorsione o agreda por apartar un lugar en la calle, se podrán dictaminar delitos graves contra los responsables, turnando el caso a las autoridades correspondientes
Las reformas a la Ley de Cultura Cívica señalan también que las personas que se desempeñen como “franeleros” podrán acercarse y solicitar su ingreso a programas de empleo, capacitación, u otras opciones que estén disponibles.
