En el Diario Oficial de la Federación se decretaron las multas que tendrían que pagar restaurantes y otros comercios de la CDMX en caso de discriminar.

Esto después de casos de discriminación hacia los clientes o posibles clientes en distintos comercios de la Ciudad de México, tal como se reportó el caso de Sonora Grill, en su sucursal de Masaryk, Polanco.

El pasado agosto destacaron en redes sociales la colocación de los comensales acorde con su tono de piel, mismo que los hizo acreedores de una denuncia penal por parte del gobierno de la CDMX.

Multas a restaurantes y comercios de la CDMX si discriminan

En el DOF se ratificaron las reformas a distintas leyes, como la Ley del Instituto de Verificación Administrativa además de la Ley de Establecimientos Mercantiles.

Establecieron las multas que se deben de pagar si no se llega a un acuerdo conciliatorio con la institución acusada de discriminación, una vez que el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación (Copred) haya confirmado la denuncia.

Establecimientos de bajo impacto tendrían una multa de 126 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria vigente: Para comercios como cafeterías y fondas será entre 13 mil a 51 mil 870 pesos.

De impacto vecinal será de 150 a 15 mil veces la UMA de la CDMX vigente: Restaurantes, cines y hoteles pagarán entre 15 mil 561 hasta un millón 556 mil 100 pesos.

Multa de 250 a 25 mil veces la UMA a comercios de impacto zonal: Discotecas, casinos o bares pagarían entre 25 mil 935 pesos hasta 2 millones 593 mil 500 pesos.

Otro agregado fue una nueva leyenda antidiscriminatoria que los establecimientos deberán colocar en un lugar visible en la entrada del lugar:

ESTÁ PROHIBIDO DISCRIMINAR EN ESTE ESTABLECIMIENTO.

En la CDMX se prohíbe negar, excluir o distinguir el acceso o prestación del servicio a cualquier persona o colectivo social por el tono de su piel, origen étnico, nacional, raza, lengua, sexo, género, edad, discapacidad,

condición jurídica, social o económica, identidad indígena, identidad de género, apariencia física, condiciones de salud, religión, formas de pensar, orientación opreferencia sexual,

por tener tatuajes, perforaciones o cualquier otra razón que tenga como propósito impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos.

CUALQUIER ACTO DE DISCRIMINACIÓN PODRÁ SER DENUNCIADO.

Leyenda contra la discriminación, que deberá tener unas dimensiones mínimas de 60 por 40 centímetros.

Reformas para impedir la discriminación en restaurantes y comercios de la CDMX

El Congreso de la CDMX es el responsable de añadir apartados y reformar artículos para evitar que comercios realicen actos discriminatorios.

Adicionó el artículo 14 bis a la Ley del Instituto de Verificación Administrativa, otorgando a la Copred la remisión de las denuncias, tanto a la Secgob, como a la alcaldía e instituto correspondiente, junto a su opinión jurídica.

Estableció que en la placa antidiscriminatoria, deberán agregar el número de Locatel (*311) y del Consejo Ciudadano para la Seguridad y la Justicia de la CDMX (55 5533 5533).