En la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor, recibimos a diario innumerables consultas de personas angustiadas por sus deudas. Una de las preguntas más recurrentes, y que genera gran incertidumbre, es si pueden ser víctimas de un embargo cuando el monto de su adeudo parece ser insignificante. Es crucial abordar este tema con la seriedad y la claridad que merece, despojándonos de mitos y entendiendo la realidad legal.

La respuesta directa a la pregunta de si existe un monto mínimo para que una deuda pueda derivar en un embargo es: no, la ley no establece un monto mínimo específico para que un acreedor pueda iniciar un proceso judicial de embargo. Esto puede sonar alarmante para muchos, pero es fundamental entender el contexto y el proceso detrás de ello.

Un embargo no es una acción arbitraria ni inmediata que un cobrador pueda ejecutar a su antojo. Es una medida precautoria o ejecutiva que se dicta dentro de un procedimiento judicial. Esto significa que, para que un embargo se concrete, el acreedor debe primero iniciar una demanda ante un juez. Solo después de que el juez analice el caso y determine que existe un adeudo legítimo y exigible, podrá ordenar un embargo sobre bienes del deudor para garantizar el pago de la deuda.

Entonces, si no hay un monto mínimo legal, ¿por qué a menudo escuchamos que por deudas pequeñas no se embarga? La razón principal no es legal, sino económica y de estrategia para el acreedor. Iniciar un juicio, contratar abogados, pagar costas judiciales y ejecutar un embargo implica un costo considerable de tiempo y dinero. Para un acreedor, no siempre es rentable invertir miles de pesos en un proceso legal para recuperar una deuda que, quizás, asciende a unos pocos cientos o miles de pesos. La relación costo-beneficio es lo que a menudo disuade a las instituciones financieras o empresas de iniciar un litigio por montos muy bajos.

Sin embargo, esto no significa que la deuda desaparezca o que el acreedor no tenga otras herramientas para intentar recuperar su dinero. Pueden intensificar las llamadas de cobranza, enviar despachos de cobranza a domicilio, reportar el adeudo a las Sociedades de Información Crediticia (Buró de Crédito), lo que afectará su historial crediticio, o incluso vender la cartera de deuda a empresas especializadas en cobranza, quienes podrían tener una estrategia diferente.

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Es importante destacar que, aunque el embargo sea una medida extrema y costosa para el acreedor, no es imposible para deudas pequeñas si el acreedor considera que hay bienes embargables y que el proceso vale la pena. Esto es especialmente cierto si la deuda ha crecido considerablemente debido a intereses moratorios y comisiones.

Además, debemos ser muy claros: las amenazas de embargo por parte de despachos de cobranza o de los propios acreedores, sin que exista una orden judicial, son ilegales. Un cobrador no tiene la facultad de embargar. Solo un juez, a través de un actuario judicial, puede ejecutar un embargo. Si usted recibe este tipo de amenazas, es crucial que sepa que está siendo intimidado y que tiene derechos.

En la Defensa Del Deudor, siempre insistimos en que la mejor estrategia es la prevención y la acción temprana. Ignorar una deuda, por pequeña que parezca, nunca es una solución. Las deudas crecen, los problemas se complican y la paz mental se esfuma.

Si usted se encuentra en una situación de endeudamiento, sin importar el monto, es fundamental que:

1. No ignore las notificaciones o intentos de contacto de sus acreedores.

2. Conozca sus derechos como deudor.

3. Evite caer en las trampas de los despachos de cobranza que utilizan tácticas de intimidación.

4. Busque asesoría profesional antes de que la situación se vuelva insostenible.

La Organización Nacional de la Defensa Del Deudor está aquí para brindarle la información veraz y el apoyo necesario para enfrentar sus deudas de manera inteligente y legal. Acérquese a nosotros para obtener una orientación personalizada y para conocer las mejores estrategias para su situación específica. No permita que la desinformación o el miedo lo paralicen. Sus derechos como deudor son importantes y deben ser defendidos.