Una forma de tortura para quienes tenían opiniones distintas en República Checa y varios países germanos fue la máscara de la vergüenza. Se trata de objetos metálicos, como cascos o máscaras con una especie de tubo largo en la zona de la boca, usados desde el siglo XVI hasta el XIX, y a veces estaban elaborados artísticamente. Se utilizaban para castigar a quienes se atrevían a hablar en contra de la opinión general, contra las convenciones vigentes, a mujeres que luchaban contra la superioridad masculina dominante y, en esencia, contra el orden establecido.
Las mujeres que se atrevían a desafiar a sus “amos” masculinos, así como los juicios no conformistas de las personas y las acusaciones por faltas menores contra el poder de la Iglesia católica, eran castigadas de esta manera. La mayoría de las víctimas eran mujeres, y el principio principal era “mulier taceat in ecclesia”, es decir, “que la mujer guarde silencio en la iglesia”, en el sentido del poder dominante.
Muchas máscaras estaban equipadas con mecanismos ocultos en su interior que atormentaban a la víctima con púas o cuchillas afiladas. Las pobres víctimas, expuestas de esta manera en la plaza pública, tenían que soportar los insultos de la multitud, lo que en ocasiones terminaba en la muerte.
Poco a poco, el lugar de las iglesias fue sustituido por el Estado y los gobiernos, con formas sofisticadas que, con el paso del tiempo, dejaron de ser penas físicas para llegar al día de hoy, en una era en la que la censura es simulada… En algunos países, como el nuestro, aún existe la pena capital, pero no es suministrada por el Estado, sino por el crimen organizado; y la democracia, como emblema de la modernidad y civilización, contempla libertades.
La democracia, como sistema político, vive una decadencia en la opinión pública que, en recientes sondeos, deja de encabezar las mejores formas de gobierno mientras que los autoritarismos o autocracias son preferidos en nombre de la seguridad y el bienestar. Después de todo, no todas las personas saben qué hacer con tanta libertad. Por eso, el debate que se abre en la Corte Interamericana resulta ser fascinante.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos está tramitando una opinión consultiva (OC-33) en la que se debate si la democracia en sí misma es un derecho que todos los humanos deberían tener garantizado. En la audiencia de este 19 de marzo se discutieron temas sobre democracia, institucionalidad y derechos políticos. Existe un debate real sobre si la democracia puede tener un contenido más exigible jurídicamente mediante el reconocimiento de la democracia misma como un derecho humano. Eso implicaría, como caso hipotético, que no basta con que algún líder gane elecciones, sino que, si estas elecciones tienen elementos como violencia, censura o fraude, la Corte podría intervenir por la violación al derecho humano de la democracia.
Si el derecho humano, como algo universal, contempla el derecho a la democracia, automáticamente pasarían dos cosas importantes: en los países con sistemas políticos distintos podría interpretarse que hay una violación sistemática a derechos humanos, y que aquellos países sujetos a la jurisdicción de la Corte enfrentarían una soberanía disminuida, pues la puerta para la intervención en procesos electorales siempre estaría abierta.
En la audiencia se planteó la democracia como principio, que puede ser flexible y político, como contar con lo básico: elecciones convocadas por una autoridad neutral y que los principios democráticos, como la división de poderes y las libertades, se mantengan intactos. También se habló sobre la democracia como un derecho exigible y justiciable ante alguna violación, mediante el proceso tradicional para llevar un asunto a la Corte Interamericana, que es presentar el caso y que sea aceptado previamente después de agotar los recursos legales internos de un país. Hacer exigible el derecho a la democracia implica que un país puede ser condenado a reponer procesos electorales viciados y que jurídicamente podrían desconocerse a los fraudulentamente electos, por ejemplo.
La decisión podría permitir a la Corte Interamericana deliberar en que asuntos como fraude electoral, inequidad en la contienda o abuso de poder y captura institucional. Aunque la Corte no ha emitido la opinión consultiva final, la misma Corte no tiene una policía que haga a los países cumplir sus sentencias.
Es decir, que, a pesar de una posible resolución que convierta la democracia en un derecho humano, difícilmente un régimen que se ha enquistado en algún país estaría dispuesto a acatar una sentencia sobre democracia o asuntos electorales. En teoría, la Corte ya protege elementos de la democracia, como participación política, elecciones libres, libertad de expresión e igualdad, como si la democracia, más que un derecho por sí mismo, se integrara por varios derechos. Esta opinión implicaría una puerta directa a que la Corte Interamericana se inserte totalmente sobre reglas electorales y la situación política de un país.
Imaginemos que la reforma electoral Plan B pudiera llegar a la Corte Interamericana con algo así… Francamente, parece lejano y casi imposible. Nuestro país no ha acatado las resoluciones que ordenan eliminar la prisión preventiva oficiosa por ser contraria a derechos humanos. Por decir que, en nuestra corte, hay ministras como Sara Irene Herrerías Guerra que no tiene idea de qué es la interpretación conforme ni el control de convencionalidad que, básicamente, tal como intentó con desesperación explicarle su compañera ministra Loretta Ortiz la sesión anterior de la SCJN, significa que nuestras disposiciones deben ser redactadas y aplicadas acorde a la Convención Americana de Derechos Humanos, y que la interpretación conforme es un principio jurídico que obliga a interpretar las normas internas de acuerdo con la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), buscando la máxima protección a la persona. Si una ley permite varias interpretaciones, prevalece la que sea compatible con los derechos humanos establecidos en la CADH. La Corte Interamericana aplica la Convención y puede condenar a los países sujetos a su jurisdicción que no la cumplan. De ese tamaño.



