México. - La Suprema Corte de Justicia (SCJN), determinó que los gobiernos estatales no pueden obligar a los contratistas particulares con los que establezcan acuerdos, a presentar sus declaraciones sobre su situación patrimonial y de conflicto de interés ante las contralorías de la dependencia respectiva.

Ayer lunes 1 de marzo, el pleno de la SCJN anuló más de 20 porciones de la Ley de Responsabilidades Administrativas de Nuevo León, la cual estaba vigente desde el mes de junio de 2019 y en ella establecía que los contratistas debían cumplir con sus declaraciones.

La ley en cuestión fue impugnada por las comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos.

SCJN consideró que congreso de Nuevo León excedió parámetros

Cabe recordar que el artículo 32, apuntaba que estaban obligadas a presentar declaraciones patrimoniales y de intereses todas las personas físicas o morales que fueran contratados por cualquier ente público para dar algún servicio.

Al respecto, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación explicaron que con la Ley de Responsabilidades Administrativas, el congreso de Nuevo León excedió los parámetros previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas que data del año 2016, pues en ella solo se ordena que ese tipo de declaraciones es obligatoria para los servidores públicos.

En el mismo sentido, la SCJN dictaminó que los legisladores del estado se excedieron cuando crearon nuevas faltas que en su momento definieron como actos constitutivos de corrupción, además de que variaron la definición de lo que es una falta grave, pues incluyeron conductas como el "chantaje" entre las faltas.

Aunado a lo anterior, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación anularon la inhabilitación definitiva para ganar contratos públicos, cuando los sancionados incurran en faltas graves con daños al erario por más de 134 mil pesos.

Al respecto, se destacó que previamente ya se habían pronunciado un tema similar, en referencia a la revisión de una reforma en el estado de Jalisco con la cual se crearon sanciones vitalicias para los infractores.