La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que la Guardia Nacional esté bajo el mando de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Con ocho votos a favor y tres en contra, en sesión del Pleno de la SCJN de hoy martes 18 de abril, los ministros resolvieron la inconstitucionalidad del pase de la Guardia Nacional a la Sedena, postura defendida y promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

El pase de la Guardia Nacional a la Sedena, también conocida como Ley de la Guardia Nacional, está vigente desde septiembre de 2022, por acuerdo de la Presidencia de la República, pero con la votación del Pleno de la SCJN se anulará la mencionada ley.

Así fue el voto de los ministros de la SCJN sobre la inconstitucionalidad del pase de la Guardia Nacional a la Sedena

Los 12 ministros de la SCJN emitieron su voto sobre el proyecto de inconstitucionalidad del pase de la Guardia Nacional a la Sedena, de la siguiente manera:

A favor:

  • Juan Luis González Alcántara Carrancá
  • Norma Piña Hernández
  • Margarita Ríos Farjat
  • Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
  • Luis María Aguilar Morales
  • Alberto Pérez Dayán
  • Jorge Mario Pardo Rebolledo
  • Javier Laynez Potisek

En contra:

  • Yasmín Esquivel Mossa
  • Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
  • Loretta Ortiz Ahlf

¿Qué se votó en la SCJN sobre la Guardia Nacional?

El Pleno de la SCJN votó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que propone declarar inconstitucional el decreto que el presidente AMLO firmó para que la Sedena tenga el mando de la Guardia Nacional.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sostiene que la Guardia Nacional se creó con carácter civil como nuevo cuerpo de seguridad pública, pero que un decreto de AMLO cambió para que sea parte de la Sedena de manera oficial.

Ocho ministros del Pleno de la SCJN consideraron que la ley para trasladar el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional de la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana a la Sedena viola el artículo 21 constitucional.