La Ley 3 de 3 contra la violencia avanza. Suman ya 9 congresos estatales que han ratificado el dictamen aprobado pero todavía faltan 8 para que pueda ser enviado y promulgado por el Ejecutivo como ley vigente para las elecciones federales y presidenciales de 2024.

El pasado 28 de abril, la Cámara de Senadores aprobó la iniciativa identificada como Ley 3 de 3 contra la violencia, misma que establece modificaciones a la Constitución en materia de suspensión de derechos.

Esto para que ningún deudor de pensión alimenticia o que haya ejercido violencia contra las mujeres puedan ocupar algún cargo de elección popular.

Vale recordar que para modificar la Constitución es necesario que en ambas cámaras, de Diputados y Senadores, la iniciativa sea aprobada pero además, que la mayoría de los congresos estatales ratifiquen el dictamen.

¿Qué congresos han aprobado la Ley 3 de 3?

Hasta el 12 de mayo de 2023, los congresos locales que han aprobado la llamada Ley 3 de 3 son:

  1. Ciudad de México
  2. Veracruz
  3. Sinaloa
  4. Baja California
  5. Quintana Roo
  6. Tamaulipas
  7. Estado de México
  8. Tabasco
  9. Colima

Es decir, suman 9 congresos estatales hasta ahora que han aprobado la llamada Ley 3 de 3 contra la violencia, misma que consiste en la reforma a los artículos 38 y 102 para establecer la inelegibilidad de quienes hayan incurrido en violencia sexual, familiar y política.

Cuando la Ley 3 de 3 sea ratificada por 17 congresos, el dictamen podrá ser enviado al Ejecutivo federal y promulgado como ley vigente para los próximos comicios federales y presidenciales de 2024.

¿En qué consiste la Ley 3 de 3 contra la violencia?

El 28 de abril, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó la Ley 3 de 3 contra la violencia para suspender los derechos de ocupar cargos públicos a quien tenga antecedentes como deudor de petición alimenticia o agresión contra las mujeres.

Las y los senadores aprobaron el proyecto que suspende los derechos o prerrogativas de los ciudadanos que tengan sentencia firme por distintos tipo de violencia contra mujeres y niños, como:

  • Deudores alimentarios
  • Violencia familiar
  • Violencia sexual
  • Acoso u hostigamiento sexual
  • Delitos contra la integridad corporal
  • Contra la libertad y seguridad sexuales
  • Contra el normal desarrollo psicosexual

La ley aplica también a quien haya ejercido violencia política en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.