En el marco del Día Internacional de la Mujer, el Congreso de Guatemala aprobó la conocida “Ley de Protección de la Vida y la Familia”, norma que tiene por fin endurecer las penas contra el aborto.

La reforma, presentada por diputados Fernando Linares y Aníbal Rojas, generó controversia a nivel mundial, pues contempla sanciones de 2 hasta 10 años de cárcel para mujeres que causen su propia interrupción del embarazo.

Por si fuera poco, La Ley de Protección de la Vida y la Familia también ejerce presión en el personal médico, ya que si ocurriera una muerte por parte del embrión en el vientre de la mujer gestante, este debe dar un informe de mortinato a los interesados y remitir un oficio a donde corresponda.

La iniciativa, conocida como 5272, también contempla sancionar el aborto espontáneo. Es decir, que si la mujer tiene una pérdida espontánea del embarazo, esta deberá justificarlo, de lo contrario, será sancionada.

Protesta por el aborto legal

Ley de Protección de la Vida y la Familia interviene en la educación sexual

De igual modo, la Ley de Protección de la Vida y la Familia interviene en la educación sexual, ya que alega que “eso le pertenece a la familia”.

Por lo anterior, dice que “queda expresamente prohibido a las instituciones públicas y privadas la promoción de programas o políticas que desvíen la identidad en niños y jóvenes según su sexo al nacer”.

Esto también incluye “la enseñanza de conductas que no encuadren en la heterosexualidad o que no sean compatibles con los aspectos biológicos del ser humano”, según dictamina el artículo 15 de la iniciativa.

Matrimonio igualitario en México

Ley de Protección de la Vida y la Familia también ataca al matrimonio igualitario y la educación sexual

El aborto y la educación sexual no es lo único que ataca la Ley de Protección de la Vida y la Familia pues también lo hace con el matrimonio igualitario.

De acuerdo con France 24, la iniciativa también contempla una reforma al Código Civil que expresa “que queda prohibido explícitamente el matrimonio entre personas del mismo sexo”, pues se alega que este debe ser “entre un hombre y una mujer”.

Esto porque el Congreso de Guatemala considera que grupos minotarios proponen “modelos de conducta y convivencia distintos al orden natural del matrimonio y la familia”, lo cual representa “una amenaza a la moral de la sociedad guatemalteca y la paz de la misma”.

Asimismo, define como “diversidad sexual” a “aquellos pensamientos, ideas y prácticas de determinados grupos que son diferentes a la heterosexualidad”.