En el marco del Día Internacional de la Mujer, el Congreso de Sinaloa aprobó el aborto legal hasta la semana 13 de gestación.

Fue con 28 votos a favor, 2 en contra y 9 abstenciones que el Pleno aprobó el proyecto de Ley que modifica no solo al Código Civil de la entidad, sino también a:

  • La Ley de Salud
  • Al Código Penal de Sinaloa
  • La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

De acuerdo con el Sol de Sinaloa, serían Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Familia, de Derechos Humanos y de Salud y Asistencia Social, quienes aprobarían la reforma.

Pese a esto, algunos legisladores presentaron sus reservas. Como lo fue Viridiana Camacho Millán, del PAS, quien se abstuvo de votar porque su bancada discutió la temporalidad del dictamen a 12 semanas.

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¿Qué propone el proyecto sobre aborto legal en Sinaloa?

El proyecto sobre aborto legal, propuesto por el Congreso de Sinaloa, propone varias reformas, entre las cuales se encuentran:

  • La creación del delito de interrupción forzada en la gestación sin consentimiento.

Es decir, plantea que los responsables de una un aborto tengan una pena de 6 a 20 años, cuando una mujer gestante no haya sido consultada sobre la interrupción de su embarazo.

El castigo también contempla a médicos, quienes recibirán de 8 a 20 años, si con la interrupción del embarazo se produce, además, la pérdida de la facultad reproductiva de la mujer.

  • El ofrecimiento de calidad y salubridad por parte de instituciones de salud pública y privadas en cuanto a interrupción del embarazo.

En pocas palabras, que hospitales e instituciones de salud públicas y privadas brinden las atenciones necesarias respecto al aborto legal, para que se garantice dignidad humana a quienes estén interesadas.

Se agrega, además, que los hospitales deberán brindar el servicio de manera gratuita.

Protesta por el aborto legal

Médicos podrán aplicar objeción de conciencia en abortos legales

Cabe destacar que el proyecto de Ley, ya presenta una contrarreforma pues se propone que médicos podrán ejercer objeción de conciencia en cuanto al procedimiento por creencias religiosas.

No obstante, este solo se aplicará si la vida de la mujer gestante no está en riesgo.