La Cámara de Senadores avaló la prohibición de las ECOSIG, también conocidas como terapias de conversión, en todo México, durante la sesión de la madrugada del 26 de abril.

Con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, la Cámara de Senadores avaló la reforma al Código Penal Federal y la Ley General de Salud, y con ello la prohibición de las terapias de conversión.

Dicha reforma plantea tipificar como delito los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Género (ECOSIG), aplicando sanciones como la pena de cárcel a los involucrados.

¿Qué dice la reforma que aprobó la Cámara de Senadores sobre las terapias de conversión?

La reforma contra los ECOSIG avalada por la Cámara de Senadores indica la pena de cárcel de hasta 2 a 6 años y una multa de 108 a 120 mil pesos a quienes:

“Realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”, según El Heraldo de México.

Igualmente, se señala que la sanción aumenta hasta 12 años de prisión, cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

Además, también se incluyen sanciones para personal de salud, ya sean médicos, enfermeras o especialistas, que realicen, impartan, apliquen o financien cualquier tipo de tratamiento, servicio o práctica señalada, con la suspensión del ejercicio profesional de uno a tres años.

Y en caso de que exista reincidencia, se impondrá la suspensión definitiva del ejercicio profesional, con la cancelación de la cédula profesional del involucrado, señala la reforma aprobada.

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La reforma aprobada por la Cámara de Senadores también contempla una sanción hacia los padres de la víctima que incurran en las prácticas de ECOSIG señaladas.

¿Cuándo entra en vigor la reforma que prohibe las terapias de conversión en México?

Con respecto a cuándo entra en vigor la reforma aprobada por la Cámara de Senadores que prohibe las terapias de conversión contra la comunidad LGBTQI+, se indicó que se enviará al Poder Ejecutivo.

En ese sentido, será el presidente de la República quien publique el decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para informar la reforma, y ésta entrará en vigor un día después de su publicación.

Cabe destacar que, según la Encuesta Nacional de Diversidad Sexual y Género (ENDISEG) 2021, en México 1 de cada 7 personas personas trans y una de cada 10 personas LGBT+ fueron obligadas a asistir a algún tipo de EOCSIG.

En ellos se utilizan una serie de métodos para “modificar” la orientación sexual o identidad de género de las personas, ya sea mediante:

  • psicoterapia
  • prácticas médicas
  • retiros religiosos o de profesión de fe
  • entre otros