Este 24 de julio, el Congreso de la CDMX prohibe definitivamente las terapias de conversión como parte de un proyecto de ley en el que se considerará como delito cualquier ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género).

Con 49 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones, el pleno aprobó la reforma del artículo 206 bis al código penal local para sancionar las actividades que atentan contra la libre autodeterminación en materia de género de las personas, entre ellas las LGBTI.

Como parte del castigo, se estableció de 2 a 5 años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo comunitario para aquel que obligue o practique "sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos con la aplicación de violencia física, moral psicoemocional, con tratos crueles, inhumanos o degradantes en contra la dignidad humana", con el fin de modificar la orientación sexual y la identidad de género.

"Sigamos haciendo de la CDMX una ciudad avanzada en reconocer los derechos de la diversidad sexual, no sólo en el resto de país, sino de América Latina"<br>

Temístocles Villanueva

Asimismo, se determinó que el delito se perseguirá por la denuncia presentada ante un juez, pero si la terapia de conversión se hiciera en un contra de un menor de edad o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del daño o de resistir la conducta, la pena se aumentará y se perseguirá por oficio. 

El dictamen incluye salvaguardar la práctica psicológica y médica, además del acompañamiento espiritual, moral y religioso, "con libertad y si ningún impedimento”, a fin de resolver la auto aceptación de la población.

La propuesta para erradicar las "terapias de conversión" fue presentada desde 2018 por el diputado local Temístocles Villanueva, para señalar como tortura este tipo de prácticas, y se aprobó apenas el pasado 10 de julio por las Unidades de Administración y Procuración de Justicia, así como la de Igualdad de género.