México.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) prevé aplicar multas que asciendan hasta los 800 mil pesos para las empresas que no usen el nuevo etiquetado que estipula la Norma Oficial Mexicana 051 para alimentos preenvasados y bebidas no alcohólicas.

Además de la multa de 781 mil 920 pesos, el producto quedará inmovilizado en bodega a partir del 1 de diciembre, tras la extensión del plazo que se otorgó para la implementación de la primera fase del etiqueta frontal en México.

De acuerdo con el titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Ricardo Sheffield, la dependencia alista una estrategia de supervisión en la que participan la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (Antad), Walmart de México y cadenas regionales para la distribución de alimentos procesados a nivel nacional.

En entrevista para el diario Milenio, el procurador Sheffield reveló que las multas por el incumplimiento van de 52 mil 128 pesos a 781 mil 902 pesos, mientras la sanción por brindar información comercial que conlleve un engaño al consumidor abarca de 347 mil 520 pesos a un millón 303 mil 200 pesos.

Las multas se aplicarán a los fabricantes, mientras las inmovilizaciones del producto se harán en las bodegas de puntos de venta como supermercados o tiendas de conveniencia, por lo cual se prevé que a partir de noviembre de 2020 se cumpla con la normativa del nuevo etiquetado.

Profeco ya realizó visitas no formales a distintos distribuidores para confirmar el uso del etiquetado frontal y reconoció que pese a la disposición de los distribuidores de retirar el producto que incumpla desde sus bodegas, el objetivo es que ni siquiera sea recibido por las tiendas.