México, a través de la Secretaría de Economía a cargo de Marcelo Ebrard, expresó su preocupación por la acusación del Departamento de Comercio de Estados Unidos contra las exportaciones de fresa mexicana al señalar que los productores cometen dumping.

El dumping es una práctica comercial en la que se exporta por debajo del valor normal y las acusaciones contra México es que lo hacen entre 3.37 por ciento y 5.28 por ciento menos, por lo que hasta ese nivel serían las cuotas antidumping como sanción.

“El DOC lo sitúa entre 3.37% y 5.28%, dependiendo de la empresa. En promedio para la mayoría de los exportadores mexicanos, la magnitud del dumping estimada por el DOC es de 4.83%”

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La preocupación de la Secretaría de Economía de México, a cargo de Marcleo Ebrard, se dio aunque los señalamientos de dumping son preliminares respecto a supuesto dumping en las exportaciones de fresa mexicana en la temporada invernal.

Productores de fresa de Florida acusan dumping; México reclama investigación a modo

El caso inició cuando el 31 de diciembre de 2025, productores de de fresa de Florida, Estados Unidos, presentaron una solicitud ante el la Comisión de Comercio Internacional (ITC, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos contra las importaciones de fresa mexicana.

La Secretaría de Economía, que encabeza Marcelo Ebrard, acusó que se trata de una aplicación arbitraria de dos conceptos que alteran la naturaleza de la investigación antidumping.

México calcula que de confirmarse la resolución final -en 2027-, las afectaciones ascenderán a 151 mil personas que se emplean en el cultivo de fresa, entre ellos casi cinco mil productores, de los cuales la el 97 por ciento son pequeños productores que tienen cultivos de menos de 10 hectáreas.

México: criterios para acusación de dumping en exportación de fresas son inexistentes

México ha protestado porque Estados Unidos diferencia conceptos como “fresas” y “fresas de invierno” cuando se trata del mismo producto.

El gobierno de este país ha protestado porque el criterio podría usarse contra otras exportaciones mexicanas, lo que va en contra del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 o “Acuerdo Antidumping”, así como diversos artículos del Tratado México, Estados Unidos, Canadá (T-MEC).

Por ello, México va a estar pendiente de la resolución final del caso por parte de ITC que se conocerá a principios de 2027.