A partir del 1 de enero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó varias modificaciones al Código Fiscal de la Federación. Entre los cambios, los contribuyentes deberán activar su Buzón Tributario, y de no hacerlo podrían recibir sanciones económicas.

Dentro de las modificaciones realizadas a la Miscelánea Fiscal 2020 está el sistema de notificaciones a los contribuyentes. Las personas físicas y morales deberán revisar constantemente su Buzón Tributario, donde recibirán avisos administrativos por parte del SAT.

Aquellos que no habiliten o actualicen sus medios de contacto serán acreedores de multas que van desde 3 mil hasta los 9 mil 250 pesos. Con el Buzón Tributario, el SAT busca que todos los contribuyentes realicen el pago de sus impuestos en tiempo y forma.

Para activar el servicio de Buzón Tributario es necesario registrar una serie de datos personales en el sitio oficial del SAT. Las personas físicas y morales tienen una fecha límite para habilitarlo y evitar problemas de multas.

¿Cómo activar el Buzón Tributario?

  1. Ingresar al sitio oficial del SAT y en la parte superior derecha dar clic en el botón de Buzón Tributario.
  2. En la página desplegada es necesario iniciar sesión. Las personas físicas lo pueden hacer con su contraseña y/o e.firma. Las personas morales solo requieren de la e.firma.
  3. De manera automática aparecerá un formulario para registrar desde uno hasta cinco correos electrónicos o números de celular, según sea el medio de notificaciones elegido.
  4. Una vez que se registran los correos o números telefónicos se debe dar clic en Continuar y corroborar que la información sea la correcta como lo solicita el portal.
  5. Los contribuyentes pueden actualizar o eliminar sus medios de contacto en cualquier momento, pero siempre debe existir al menos uno registrado.

Las modificaciones para activar el Buzón tributario entran en vigor a partir del 31 de marzo para personas morales, y en personas físicas el 30 de abril.