México.- La Segunda Sala de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo al pueblo Masegual, de la Sierra Norte de Puebla, en contra de la Ley Minera y avalaron por unanimidad su constitucionalidad.

El pueblo Masegual denunció que la Ley Minera es inconstitucional ante la SCJN. Argumentaron que dicha ley no incluye ninguna previsión para garantizar el derecho de la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas. 

Este miércoles, la Segunda Sala de la SCJN resolvió que la Ley Minera no es inconstitucional por no prever una consulta a los pueblos indígenas. Los ministros argumentaron que la consulta previa ya se establece en la Constitución Política de México y en un Convenio Internacional.

SCJN: Falta ley para regular las consultas a pueblos

En la sesión remota, la SCJN destacó que la Constitución y el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales obligan a las autoridades a consultar a los pueblos indígenas, antes de adoptar alguna acción.

“Aplica para todas las materias, incluida sin duda alguna la minería, sin que sea necesario que cada ley lo tenga que prever o regular”

SCJN

Sin embargo, la Segunda Sala de la SCJN recordó que ya habían resuelto que sí existe obligación del Congreso de la Unión de emitir una ley que para regular el derecho a la consulta indígena, con el objetivo de otorgarles seguridad jurídica.

Piden a SCJN declarar inconstitucional la Ley Minera

Este miércoles, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) pidió a los ministros de la SCJN que en su resolución se privilegiara el derecho a la consulta de los pueblos indígenas.

La Semarnat argumentó que el derecho a un ambiente sano debe prevalecer frente a los intereses de privados. Porque en los últimos años, la dependencia ha atendido casos de daños ambientales causados por la minería que afectan a los pueblos indígenas.

"La minería es una actividad extractiva que de manera regular deteriora el ambiente y el equilibrio ecológico, y si no es vigilada y supervisada, muchas veces de forma irreversible"

Semarnat

El 12 de enero, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) hizo un llamado a los ministros de la SCJN para que garantizaran que la Ley Minera incluya el derecho de consulta de los pueblos indígena, antes de emitirse una concesión.

"Representa una oportunidad histórica de la Corte para consolidar el derecho al territorio y el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades indígenas"

INPI