México.- Margarita Ríos Farjat, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá otorgar un amparo a un hombre originario de Venezuela, proyecto que, de aprobarse, obligaría al Congreso de la Unión a legislar para que emita las normas sobre el control de detención en materia migratoria antes del 15 de diciembre del presente año.

Margarita Ríos Farjat, propone al Estado mexicano califique la legalidad de la detención de las personas que ingresan al país sin cumplir con los controles migratorios.

Esta propuesta será votada en la Primera Sala de la SCJN el miércoles y, de aprobarse, se emplazará al Poder Legislativo para que subsane esta omisión antes del 15 de diciembre de 2021.

La ministra Ríos-Farjat, detalla en su propuesta que el esquema procedimental migratorio en México viola la restricción de la libertad de personas extranjeras y autoriza a múltiples autoridades del Instituto Nacional de Migración (INM), para ejercerla e, incluso, para ordenar su presentación en estaciones migratorias, cuya naturaleza es de una medida cautelar similar a la prisión preventiva de la materia penal.

Margarita Ríos Farjat, menciona, el Estado ha incurrido en omisión legislativa porque no ha incluido la necesidad de que un juez sea quien califique la legalidad de la detención de aquellas personas que ingresan a México sin cumplir con los controles necesarios.

“Sin embargo, en dicho andamiaje legal no se advierte que el legislador haya establecido un control de la detención ejercido por alguna autoridad con funciones materialmente jurisdiccionales que califique la constitucionalidad y legalidad de esas detenciones (...)

Margarita Ríos Farjat

Amparo a resolver por la SCJN fue promovido por Samuel Alfredo Sánchez Cardozo

La propuesta se suscitó, después de un amparo interpuesto por un ciudadano venezolano, de nombre Samuel Alfredo Sánchez Cardozo, quien ingresó a México en 2018, por una oferta de trabajo.

Sin embargo, días antes las autoridades mexicanas recibieron una alerta migratoria, porque no se comprobó la normal operación de la empresa donde iba a laborar, razón por la que fue detenido por agentes del INM en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Aunque el migrante tenía una visa de trabajo, al momento de ser interrogado por los oficiales cayó en inconsistencias, por lo cual el INM determinó su “rechazo aéreo”; es decir, que la aerolínea que lo trajo a nuestro país debería retornarlo a su punto de origen en el primer vuelo disponible.

El amparo promovido denunciaba que las leyes mexicanas ignoran lo establecido en el artículo 7.5 de la Convención Americana de Derechos Humanos, donde se establece que todas las personas detenidas, por cualquier autoridad, deben ser presentadas sin demora ante un juez, lo cual no ocurre con los migrantes.

“Omisión que por sí misma es inconstitucional, pues implica el incumplimiento por parte del legislador mexicano a un mandato sustantivo constitucional de protección a uno de los derechos humanos de mayor relevancia: la libertad."

Margarita Ríos Farjat