Las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de adultos mayores se publicaron en la edición del 7 de julio del Diario Oficial de la Federación (DOF).

Con esto, se oficializó la ampliación del programa de la pensión universal de mil 550 pesos mensuales a adultos mayores a partir de los 65 años del país.

“El Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el ejercicio fiscal 2021, se modifica para poder beneficiar todas las personas adultas mayores de 65 años de edad o más”

DOF

El programa de pensiones fue anunciado en marzo de 2021 por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), y aseguró que serán entregadas por el Banco del Bienestar.

De acuerdo con el DOF, la Pensión para el Bienestar para adultos mayores consistente en la entrega de un apoyo económico de carácter universal, que se otorga a todas las personas adultas mayores de 65 años o más.

Secretaría del Bienestar modificó la edad para los beneficiarios del Programa Pensión para el Bienestar

La Secretaría del Bienestar modificó la edad para poder ser beneficiario del Programa Pensión para el Bienestar.

Esto debido a que se establecía que los beneficiarios debían tener 68 años para poder acceder al programa y 65 años para indígenas y afromexicanas.

Sin embargo, la modificación unificó la edad de los beneficiarios quienes ahora serán

“Todas las personas adultas mayores de 65 años o más de edad, mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana”

DOF

La modificación también actualizó el monto de la pensión para los adultos mayores, de mil 350 pesos mensuales contemplados en las Reglas publicadas en diciembre de 2020, a mil 550 pesos mensuales.

De acuerdo con la Secretaría del Bienestar, el propósito de incrementar los apoyos económicos es el de contribuir a mejorar las condiciones de vida y ampliar el acceso a la protección social.

El monto de la pensión se fijó mensual, sin embargo, será depositado de forma bimestral a los adultos mayores beneficiario.

Además, este monto será actualizado a partir del 2022 para las personas incorporadas al Padrón de Personas Derechohabientes.

Es importante señalar que los adultos mayores beneficiarios no deben estar en algún supuesto de retención, suspensión o baja dentro del programa.